Resolución N° 32/99/5400
Nro de Expediente:
51789
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
11/5/1999


Tema:
INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS

Resumen:
Se concluye la ordenada por Res. 914/98 del 10/9/98

Montevideo, 11 de Mayo de 1999.-
 
        VISTO: la Resolución Nº 914/98 de fecha 10 de setiembre de 1998, dictada por la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales, en ejercicio de facultades delegadas;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se encomendó la realización de una investigación administrativa, a fin de esclarecer presuntas irregularidades que se habrían detectado por la Comisión de Legislación y Apelaciones de la Junta Departamental de Montevideo, en la tramitación del expediente N° Unico de Red 74168, relacionado con el Permiso de Obras Sanitarias N° 196.511, del inmueble ubicado en la calle Mercedes N° 1384;
        2o.) que un minucioso análisis de las presuntas irregularidades denunciadas (informe de fs. 35 a 39), permitió arribar a las siguiente conclusiones:
        1) Inexistencia de sellados en la tramitación: no se aportaron sellados municipales porque la tramitación realizada no lo requería.
        2) Declaración manuscrita del Arquitecto actuante cuando el expediente estaba en el Acuerdo: el expediente había sido retirado del acuerdo cuando accedió al mismo el profesional.
        3) El Arquitecto actuante no solicitó autorización expresa en el momento del cambio de firmas del Técnico Instalador Sanitario: la propietaria de la obra y el profesional solicitaron la sustitución y fue otorgada el 10 de julio de 1997 (fs. 28 Vta.).
        4) Desaparición de fs. 6, 7, 8, 9 y 10 del expediente y recuperación posterior en la Junta Departamental de Montevideo: no resultó posible determinar responsabilidades.
        5) Aprobación de planos de Obras Sanitarias con graves deficiencias técnicas: las

        carencia constatadas no constituyen graves deficiencias que obsten a la aprobación.

        6) Tachaduras en el plano de fs. 14, refrendadas por técnicos del Servicio: el plano fue refrendado y no es exigencia que se refrenden las modificaciones una a una, sólo podría objetarse falta de prolijidad, pero no se verificó irregularidad alguna.
        7) Omisión en la aprobación del Permiso de Obras Sanitarias, por no figurar los desagües en las terrazas de servicio de los pisos 9 y 10: se trató en el apartado N° 5.
        8) El plano de fs. 12 refrendado a fs. 16 no tiene aprobación de ningún técnico del Servicio: el punto ofrece dudas por la falta de coincidencias de la rúbrica que luce a fs. 16, por no coincidir con la de fs. 14 y 17, pero tal situación sólo podría esclarecerse mediante el asesoramiento de un perito calígrafo, lo que podría ameritar la formalización de una investigación administrativa particularizada.
        9) La Sub Directora de la Secretaría General de esta Intendencia remitió el expediente con la solicitud de la Junta Departamental de Montevideo, directamente al Departamento de Acondicionamiento Urbano, sin comunicar a sus superiores: el trámite efectuado fue el correcto.
        10) Demoras injustificadas en la tramitación en el Departamento de Acondicionamiento Urbano: las demoras operadas resultaron justificadas por el jerarca de dicho Departamento.
        CONSIDERANDO: 1o.) que el informe de fs. 40 a 42 vta. compartiendo el citado, entiende que correspondería disponer la clausura de la investigación ordenada;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION DE LA DIVISION JURIDICA
        RESUELVE:
        1o.- Dar por concluida la investigación administrativa dispuesta por Resolución Nº 914/98 de fecha 10 de setiembre de 1998, dictada por la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales, en ejercicio de facultades

        delegadas, sin atribución de responsabilidades.-

        2o.- Pase, por su orden, a la Secretaría General a fin de enviar nota a la Junta Departamental de Montevideo, y al Departamento de Acondicionamiento Urbano a sus efectos.-

Dr. Adolfo PEREZ PIERA., Director de la División Jurídica.-