Resolución N° 470/08/1000
Nro de Expediente:
5220-020696-08
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
24/9/2008


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el local denominado "Complejo Cabildo", sito en la calle Bartolomé Mitre No. 1367, responsabilidad de la empresa Matriz Disco Bar Ltda., por realizar actividades tras la pérdida de la autorización correspondiente.-

Montevideo, 24 de Setiembre de 2008.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local "Complejo Cabildo", ubicado en Bartolomé Mitre No. 1367, responsabilidad de la Empresa Matriz Disco Bar Ltda., RUT 21 5544090013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Interna del Servicio Central de Inspección General de 12/09/08, se dispuso no autorizar la realización de música, música en vivo, bailes, espectáculos artísticos y/o similares en el local de referencia, por no contar con el permiso correspondiente para locales de su tipo;
        2o.) que el Sector Espectáculos Públicos, en informes de 15 y 16 de setiembre del año en curso, manifiesta que mediante Acta No. 21635, de 14/09/08, se pudo constatar que no se estaba dando cumplimiento a lo resuelto, por lo que sugiere promover la clausura del comercio en cuestión;
        3o.) que la Dirección del Servicio Central de Inspección General, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución de clausura del local;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por el literal a) de la Resolución N° 3227/05, de 13/VII/05, el señor Intendente Municipal delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        2o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el local "Complejo Cabildo", ubicado en Bartolomé Mitre No. 1367, responsabilidad de la empresa Matriz Disco Bar Ltda., RUT 21 5544090013, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo y pase al Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) -para la notificación correspondiente- y demás efectos.-

ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-