Resolución N° 120/06/3000
Nro de Expediente:
3220-002170-06
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
3/8/2006


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 14,8410 a la firma Calcom Ltda., R.U.C. 214782080017, propietaria del establecimiento destinado a telefonía celular, sito en Avda. 18 de Julio No. 1343 (carece de la correspondientes habilitaciones de Microempresa y de la Dirección Nacional de Bomberos).-

Montevideo, 3 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a telefonía celular, sito en Avda. 18 de Julio No. 1343, propiedad de la firma Calcom Ltda., R.U.C. 214782080017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que pese a las intimaciones efectuadas y los plazos concedidos, no se ha presentado la documentación correspondiente a las habilitaciones de Microempresa y de la Dirección Nacional de Bomberos que autorice el funcionamiento del establecimiento de que se trata;
        2o) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 sugiere la aplicación de una multa de U.R. 14,8410, a la firma titular de obrados por infracción al Artículo 14o., Sección XIII, del Decreto No. 21.626 de fecha 23/IV/84;
        3o) que la Dirección Profesional de este Departamento se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14,8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas), a la firma Calcom Ltda., R.U.C. 214782080017, propietaria del establecimiento destinado a telefonía celular, sito en Avda. 18 de Julio No. 1343, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, a sus efectos.-

SR. WALTER CORTAZZO, Director General del Departamento de Descentralización.-