Resolución N° 826/99
Nro de Expediente:
2250-008187-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/3/1999


Tema:
ENAJENACIONES

Resumen:
Proyecto decreto, enajenar COVIBAMI, Padrón N° 417.175, 1.544,1110 U.R.

Montevideo, 8 de Marzo de 1999.-
 
        VISTO: la solicitud de CO.VI.BA.M.I. para que se les enajene los predios empadronados con los Nos. 165.423 y 165.425, delimitados por las calles Chicago, Los Angeles y la Avda. Gral. San Martín, para incrementar el número de viviendas y a la vez lograr una mejor urbanización;
        RESULTANDO: 1º) que dichos predios son linderos al Padrón N° 165.424, enajenado de conformidad con lo dispuesto por Decreto Departamental N° 27.021 del 7/III/96;
        2º) que los padrones solicitados ya han sido concedidos en custodia a la peticionante, según Resolución N° 52/98 del 5/I/98;
        3°) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que: a) los tres padrones mencionados fueron fusionados resultando el Padrón N° 417.175 con un área de 3.248,14m2, según plano del Ing. Agrim. Rafael Laport, inscripto el 18/XII/98 en la Dirección Nacional de Catastro con el N° 31.170; b) el precio de la enajenación es de 1.544,1110 U.R., valor que resulta de la suma de las cotizaciones efectuadas por la Dirección Nacional de Catastro a cada uno de los padrones fusionados y c) encomienda el dictado de una resolución que propicie la sustitución del referido Decreto en los términos señalados;
        4°) que la peticionante ha prestado conformidad a la tasación practicada, según luce a fs. 18 del expediente N° 2250-008187-98;
        5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad,;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Derógase el Decreto N° 27.021 del 7/III/96.-
        Artículo 2°.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para enajenar el predio de propiedad municipal empadronado con el N° 417.175, con un área de 3.248,14 m2, ubicado en la 9a. Sección Judicial, delimitado por las calles Chicago, Los Angeles y la Avda. Gral. San Martín.-
        Artículo 3°.- Fíjase el precio de enajenación del predio indicado en el artículo que precede, en 1.544,1110 U.R. (mil quinientas cuarenta y cuatro unidades reajustables con mil ciento diez diezmilésimas).-
        Artículo 4°.- Establécese como forma de pago las condiciones dispuestas por resolución de la Intendencia Municipal de Montevideo N° 2.791/94 del 19/VIII/94.-
        Artículo 5º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
Arq. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
Dra. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-