Resolución N° 862/12/2000
Nro de Expediente:
2230-007247-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
30/7/2012


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la "Asociación Civil Padres Oblatos de María Inmaculada Misioneros de los Pobres", al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 43.084, ubicado en Avda. Carlos María Ramírez Nos. 2090, por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 145.641,00.

Montevideo, 30 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la "Asociación Civil Padres Oblatos de María Inmaculada Misioneros de los Pobres", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 43.084, ubicado en Avda. Carlos María Ramírez Nos. 2090;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal por los ejercicios 2008 a 2010, según Resolución No. 62/10/2000 de 5/02/2010;
        2o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2011 a 2015 inclusive, dejando de percibir esta Intendencia la suma anual aproximada de $ 145.641,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos entiende procedente promover Resolución que exonere a la gestionante del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto al padrón No. 43.084, por el período 2011 a 2015 en un porcentaje del 100%;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de


        conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la "Asociación Civil Padres Oblatos de María Inmaculada Misioneros de los Pobres", al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 43.084, ubicado en Avda. Carlos María Ramírez Nos. 2090, por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 145.641,00 (pesos uruguayos ciento cuarenta y cinco mil seiscientos cuarenta y uno).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-