Resolución N° 455/09/2500
Nro de Expediente:
4610-001468-09
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
18/9/2009


Tema:
TURISMO

Resumen:
APROBACIÓN REGLAMENTO DANZAS FOLCLÓRICAS

Montevideo, 18 de Setiembre de 2009.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones remitidas por la División Turismo;
        RESULTANDO: que en las mismas adjunta las bases del VII Encuentro Nacional de Espectáculos de Danzas Folclóricas Campesinas, a realizarse en dos etapas: Clasificatoria en el mes de diciembre de 2009 y Eliminatoria en el Predio de la Rural del Prado en el marco de la 85ª Semana Criolla - Prado 2010;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3228/05 del 13 de julio de 2005, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, la facultad, entre otras, de aprobar la reglamentación de los diversos concursos, con comunicación inmediata al Sr. Intendente Municipal;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Prestar aprobación a las bases del VII Encuentro Nacional de Espectáculos de Danzas Folclóricas Campesinas que se transcriben, a realizarse en dos etapas: Clasificatoria en el mes de diciembre de 2009 y Eliminatoria en el Predio de la Rural del Prado en el marco de la 85ª Semana Criolla - Prado 2010:
        REGLAMENTO
        VII ENCUENTRO NACIONAL DE ESPECTÁCULOS DE DANZAS
        FOLCLÓRICAS CAMPESINAS

        Artículo 1º La Intendencia Municipal de Montevideo, a través de la División Turismo del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, está implementando la realización del 7º. Encuentro Nacional de Espectáculos de Danzas Folclóricas Campesinas.
        Este Encuentro de desarrollará en dos etapas:
        CLASIFICATORIA: a realizarse en el lugar a confirmar, los días 4, 5, 6, 11 y 12 de diciembre de 2009
        ELIMINATORIA: a desarrollarse en la Fiesta de la Patria Grande (Criolla del Prado 2010)
        Artículo 2º Todas las actividades vinculadas con este encuentro, se regirán por las disposiciones contenidas en la Constitución de la República, Leyes Nacionales, Decretos y/u Ordenanzas Municipales y particularmente por lo dispuesto en el presente Reglamento.
        Artículo 3º La convocatoria es abierta, de participación gratuita, con el propósito de favorecer el desarrollo de la danza folclórica a través de un concurso que premiará a los 10 mejores espectáculos de danza de nuestro mayor evento criollo, 5 por cada categoría : TRADICIONAL Y ESTILIZADO.
        Artículo 4º Podrán participar del encuentro, todos los conjuntos Nacionales y Extranjeros que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento y lo podrán hacer en dos categorías: TRADICIONAL y ESTILIZADO
        La pertenencia a una de ellas deberá establecerse en el momento de la inscripción y una vez inscripto el grupo en una categoría, no se admitirán variantes
        Artículo 5º Cada grupo deberá presentar el total de sus danzas uruguayas, siendo libre la elección del intérprete. La participación en el escenario, de cada conjunto, deberá tener una duración de 15 a 20 minutos de actuación, no pudiendo estar fuera de estos parámetros.
        El tiempo comenzará a correr cuando esté todo pronto en el escenario y luego que el locutor anuncie al grupo y finalizará con la salida del último integrante del escenario.
        La llegada fuera de hora, el excederse o no alcanzar el mínimo de tiempo estipulado o cualquier contravención a lo establecido en el presente Reglamento serán sancionadas con quita de puntos, pudiendo llegar a la descalificación.
        Artículo 6º Podrán participar grupos con un mínimo de cuatro parejas (ocho bailarines), no siendo necesario que todos estén en escena simultáneamente.
        Artículo 7º La inscripción se realizará por parte del Director responsable del conjunto, quién deberá presentar sus datos personales, más la nómina completa de integrantes del conjunto, en formularios que serán entregados en la Unidad de Festejos y Espectáculos, 3er. Piso del Palacio Municipal o bajarlos de la página web de la Intendencia Municipal de Montevideo. Dichos formularios se deberán completar, adjuntar fotocopia de documento de identidad vigente y entregar en la mencionada oficina, personalmente o por correo certificado para el caso de los grupo del interior y exterior del país, desde el 1 al 29 de setiembre de 2008, de lunes a viernes en el horario de 13 a 16 hrs.
        Artículo 8º L os Directores podrán presentarse hasta con dos conjuntos cada uno, siempre y cuando sean en distintas categorías y sus elencos totalmente diferentes.
        Artículo 9º Los grupos que clasifiquen para la Fiesta de la Patria Grande (Criolla del Prado 2010 ) podrán realizar hasta 3 cambios en elencos de hasta 10 integrantes; hasta 5 cambios en elencos de 11 a 20 integrantes y hasta 8 cambios en elencos de más de 20 integrantes. El plazo para realizar los cambios se extenderá hasta 7 días antes de comenzar la etapa Eliminatoria. No podrán incorporar nuevos integrantes al número establecido en la ficha de inscripción, pudiendo , participar menos de los inscriptos respetando el Artículo 6º.
        Artículo 10º Cada bailarín podrá actuar hasta en dos conjuntos que respondan a diferentes directores. No se admitirá, en ningún caso, la presentación de menores de edad que no posean el correspondiente permiso del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (I.N.A.U.)
        Artículo 11º Se deberá presentar una descripción, lo más desarrollada posible de la propuesta o el perfil del espectáculo, la nómina de los temas musicales elegidos, autor, intérprete y ritmo correspondiente a la misma. Este requisito será exigido a la hora de la inscripción.
        La iluminación será la mismas para todos los conjuntos participantes.
        Está totalmente prohibido la utilización de fuego en los espectáculos.
        Artículo 12º Todos los grupos deberán presentar su música en disco compacto, salvo si la actuación se hiciera con música en vivo. Este último caso deberá plantearse a la hora de la inscripción para determinar los requerimientos técnicos. En caso de uso de escenografía y/o utilería, tendrán un tiempo máximo de armado y desarme de quince minutos.
        Artículo 13º Cada conjunto deberá presentar por escrito seis copias de la nómina de los temas musicales elegidos, autor, interprete y ritmo correspondiente a la misma, en forma ordenada de acuerdo a la actuación y una persona responsable del grupo estará junto a los técnicos de sonido mientras se desarrolla la misma. En caso de considerarlo pertinente podrá presentar los correspondientes requerimientos técnicos.
        Artículo 14º Finalizado el período de inscripción se asignará día y hora de actuación. El día fijado para la actuación, los conjuntos deberán presentarse con la totalidad del elenco, una hora antes de la fijada para actuar y cinco minutos antes, al pie del escenario prontos para comenzar.
        Esta disposición es válido para las etapas CLASIFICATORIA y ELIMINATORIA
        Artículo 15º Los grupos que clasifiquen para la Fiesta de la Patria Grande (Criolla del Prado 2010) deberán mantener la idea central del espectáculo presentado en la etapa Clasificatoria pudiendo introducir las modificaciones que consideren pertinentes.
        El día y la hora de actuación de aquellos conjuntos que clasifiquen, serán comunicados a los directores de dichos conjuntos, con 30 días de anticipación.
        Artículo 16º El Jurado estará integrado por: un Presidente, el cual ordenará y fiscalizará el trabajo del Jurado, estará habilitado a votar en caso de que algún jurado titular, por razones de fuerza mayor o ausencia, no lo pueda hacer y será el encargado de votar cuando el conjunto presente música en vivo, según lo establecido en el Art. 18 del presente reglamento; un funcionario administrativo, el cual oficiará de Secretario del cuerpo y 5 miembros los cuales serán designados por la Intendencia Municipal de Montevideo.
        El fallo del jurado será inapelable.
        DE LOS RUBROS A CALIFICAR
        Artículo 17º Los miembros integrantes del Jurado evaluarán la actuación de cada uno de los conjuntos de la siguiente manera:
        1. COREOGRAFÍA:
        En tradicional se evaluará el respeto por las coreografías originales ya investigadas, publicadas y su realización.
        Entendiendo por estilizado la proyección de la coreografías tradicionales que aceptan diferentes técnicas danzarias sin perder su esencia.
        2. TÉCNICA
        Se entiende por técnica el dominio y limpieza del movimiento y su correcta realización. Esto es también aplicable al manejo de accesorios como ser: pañuelos, lanzas, boleadoras, bombos, cuchillos, espuelas. Se evaluará de igual modo en TRADICIONAL y ESTILIZADO
        3. RITMO
        Se tomará en cuenta la completa coordinación del movimiento en el tiempo musical correspondiente.
        4. VESTUARIO Y ACCESORIOS
        Se considerará válida la adecuación del vestuario, maquillaje y peinado a la propuesta, en cada categoría.
        5. EXPRESIÓN Y COMUNICACIÓN
        Se tomará en cuenta la expresión y la comunicación a través del movimiento, los diferentes sentimientos que lleven a los bailarines a comunicarse entre ellos.
        6. SELECCIÓN MUSICAL
        Se juzgará el arte de seleccionar y organizar los temas musicales, buscando que sea acorde a la propuesta escénica y a la secuencia del espectáculo. Deberá cuidarse la calidad sonora.
        Observación: Para que no quede a la libre interpretación del jurado, es necesario presentar FICHA TÉCNICA donde se sintetice, qué se va a mostrar y qué se precisa para ello.
        7. PUESTA EN ESCENA
        La puesta en escena dispondrá de todos los medios escénicos (dispositivos escénicos, iluminación, vestuario, etc) y lúdicos (actuación, corporalidad, gestualidad).
        8. VISIÓN GLOBAL
        El jurado reflejará en el puntaje de éste ítems, su visión personal sobre el espectáculos, considerando la globalidad de los mismos. Se ponderará además la originalidad del espectáculo planteado y el uso de la técnica de la danza folclórica sobre otras técnicas danzarias.
        DE LA PUNTUACIÓN DEL JURADO
        Artículo 18º El Jurado calificará en cada uno de estos rubros con un puntaje que va de 0 a 10 puntos
        Mas allá del puntaje dado por el jurado, se podrá ponderar con hasta 5 puntos a quienes presenten músicos en vivo durante la totalidad del espectáculo y éste se sumará a los puntos otorgados.
        Este puntaje será otorgado exclusivamente por el Presidente del Jurado.
        Una vez abiertos los sobres de votación y sumado los puntos otorgados por cada jurado, se eliminarán aquellos puntajes con calificación máxima y mínima de cada conjunto, aplicándose de esta forma, el estilo de puntaje olímpico.
        ETAPA CLASIFICATORIA
        Artículo 19º Pasarán a la etapa ELIMINATORIA aquellos conjuntos que logren un mínimo de 240 puntos ( 60% del total de puntos)
        ETAPA ELIMINATORIA
        Artículo 20º Los conjuntos premiados serán aquellos que, habiendo superado el 60% del total del puntaje dado por el jurado (240 puntos), logren ocupar los 5 primeros lugares en cada categoría (tradicional y estilizado).
        En caso de empate en alguno de los premios en disputa, se sumarán el importe del premio empatado o empatados y el posterior o posteriores inmediatos, dividiéndose entre los conjuntos de igual puntaje. En tales circunstancias, al sumarse el premio empatado o empatados, con el posterior o posteriores inmediatos, éstos se tendrán como adjudicados.
        Si el empate se diera en el último lugar, el premio será compartido entre los empatados.
        Artículo 21º En ésta etapa el Jurado calificará bajo los mismos parámetros que se utilizaron en la etapa de clasificación.
        El puntaje obtenido en la etapa clasificatoria, no es acumulable para la eliminatoria, sino que es independiente en cada instancia.
        DE LAS SANCIONES
        Artículo 22º El Jurado descontará 4 puntos por incumplimiento, en cada uno de los siguientes casos:
        Por no cumplir con el artículo 5.
        Por no estar prontos para actuar en el momento de ser anunciados.
        Por no cumplir con el tiempo mínimo o exceder el máximo.
        Por no presentar documentos o que no se correspondan con los inscriptos.
        Por integrar dos grupos del mismo director.
        Por incorporar integrantes a su elenco superando lo que indica la ficha de inscripción.
        DE LOS PREMIOS
        Artículo 23º
        Los conjuntos que recibirán premio en efectivo serán aquellos que obtengan los cinco primeros lugares de cada categoría (tradicional y estilizado), en la etapa ELIMINATORIA (concurso a realizarse durante la Semana Criolla) y se harán efectivo una vez finalizado el concurso.
        La escala de valores para los premios de cada categoría, mencionados es la siguiente:

                  1 er. Premio
        $ 14.000,00
                  2 er. Premio
        $ 13.000,00
                  3 er. Premio
        $ 12.000,00
                  4 er. Premio
        $ 9.000,00
                  5 er. Premio
        $ 8.000,00

        El Jurado podrá entregar menciones especiales a aquellos conjuntos que, por diferentes razones técnicas, entiendan que asi lo merecieran. Los conjuntos que sean mencionados, recibirán por ese concepto, un trofeo el cual será definido por la Intendencia Municipal de Montevideo.
        DISPOSICIONES GENERALES
        Artículo 24º La I.M.M. después de la entrega de premios, marcará fecha, hora y lugar donde los participantes podrán dialogar y aclarar dudas que puedan existir con el jurado.
        Artículo 25º El cumplimiento de estos requisitos será de estricto control de la I.M.M.
        Artículo 26º La División Turismo tendrá los derechos del uso de los datos e imágenes con fines exclusivamente de promoción y difusión de los grupos participantes a través de medios de comunicación escritos, televisivos o de Internet.
        Artículo 27º El presente Reglamento y fichas de inscripción se pueden encontrar en la página web de la Intendencia Municipal de Montevideo
        Artículo 28º Todos los casos y situaciones no previstas en este Reglamento, serán resueltos por la División Turismo y el Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional de la Intendencia Municipal de Montevideo.
        2.- Comuníquese a la Secretaría General; a las Divisiones Turismo, y Comunicación; a la Unidad Festejos y Espectáculos; y pase al Servicio de Turismo y Eventos.-

SR. LUIS POLAKOF, Director General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.-