Resolución N° 1368/08/2000
Nro de Expediente:
8961-001241-08
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/6/2008


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada a la señora Sandra Capece del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa Anual de Necrópolis que grava al Nicho No. 1189 del Cementerio Buceo, Identificación Única 18881, Cuenta Corriente No. 2423500, al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.80 y se dispone que las sumas adeudadas se reajustarán por IPC desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.

Montevideo, 6 de Junio de 2008.-
 
        VISTO: la gestión de la señora Sandra Capece, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna por concepto de Tasa Anual de Necrópolis que grava al Nicho No. 1189 del Cementerio Buceo, Identificación Única 18881, Cuenta Corriente No. 2423500;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que con fecha 10 de febrero de 2008 falleció su madre y al querer hacer uso del nicho se le informa que tiene una deuda de la cual no tenía conocimiento;
        2o.) que el Servicio Fúnebre y Necrópolis no tiene inconvenientes en que se exonere de multa y recargos a la cta. cte. No. 2423500;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que de acuerdo a los antecedentes y de la normativa municipal corresponde la aplicación del Art. 25o. del Decreto No. 27.803, reajustando la deuda por IPC con quita de multa y recargos;
        2o.) que tal como se ha sostenido en anteriores casos similares al de obrados, procedería aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, reliquidándose el adeudo por I.P.C.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la señora Sandra Capece del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa Anual de Necrópolis que grava al Nicho No. 1189 del Cementerio Buceo, Identificación Única 18881, Cuenta Corriente No. 2423500, al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.803.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC) desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Fúnebre y Necrópolis.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-