Resolución N° 2954/04
Nro de Expediente:
4112-009074-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/6/2004


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Admitir condicionado envasado de carne roja y de pollo, incubadora de huevos de gallina y depósito, Avda. Gral. Flores Nos. 2180/84, Casaquinta S.A.-

Montevideo, 28 de Junio de 2004.-
 
                VISTO: que Casaquinta S.A. solicita regularizar el establecimiento destinado a envasado de carne roja y de pollo, incubadora de huevos de gallina y depósito, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 418.636 y 108.762, sitos con frente a la Avda. Gral. Flores Nos. 2180/84;
                RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada ya autorizada de 1.753 m2, a regularizar 499 m2, sobre una superficie de terreno de 1.862 m2, con un área destinada a oficinas de 230 m2 y 10 lugares para estacionamiento vehicular;
                2º) que la Junta Local de la Zona Nº 3 propicia, teniendo en cuenta el informe técnico favorable, acceder a lo solicitado con carácter transitorio hasta el 31/VII/05;
                3º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) de acuerdo a lo establecido por Resolución Nº 2875/00 la presente solicitud es admisible con carácter de tolerancia calificada mediana, correspondiendo aplicar una tasa equivalente al 100% de la Contribución Inmobiliaria del Padrón Nº 108.762 y b) propicia condicionar su autorización de acuerdo con lo informado a fs. 58 de estas actuaciones;
                4º) que la propietaria del bien inmueble prestó su conformidad a la tasa a aplicarse;
                5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
                CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables, puede accederse a lo solicitado;
                EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
                RESUELVE:
                1º.- Admitir, con carácter temporal y hasta el 31/VII/05, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a envasado de carne roja y de pollo, incubadora de huevos de gallina y depósito, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 418.636 y 108.762, sitos con frente a la Avda. Gral. Flores Nos. 2180/84, propiedad de Casaquinta S.A., condicionado a que:
                a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
                b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías, así como el estacionamiento de vehículos deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
                c) no se trabaje fuera de la jornada diurna de labor declarada;
                d) se cumplan las medidas de prevención contra el fuego aconsejadas por la Dirección Nacional de Bomberos;
                e) no se produzcan ampliaciones de ningún tipo del establecimiento que modifiquen las actuales características;
                f) el estacionamiento vehicular deberá ajustarse a lo establecido por Decreto Departamental Nº 29.118;
                g) deberá ajustarse a la normativa vigente en materia ambiental, tanto a nivel nacional como departamental;
                h) el presente trámite aprueba destinos y áreas del local, no implicando autorización para la construcción en zonas de ensanche y retiros;
                i) se obtenga el certificado de Higiene Ambiental del Ministerio de Salud Pública;
                j) el período de vigencia de la habilitación no superará el plazo de vigencia de la presente viabilidad de usos y
                k) la interesada dentro de un plazo de tres meses, presente la correspondiente habilitación y retire el duplicado de este trámite.-
                2º.- Establecer que por concepto de edificación inapropiada corresponde aplicar una tasa equivalente al 100% (cien por ciento) sobre la Contribución Inmobiliaria del predio Padrón Nº 108.762, la que se mantendrá mientras perduren las condiciones que dieron lugar a su aplicación.-
                3º.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Descentralización, para conocimiento de
                la Junta Local de la Zona Nº 3 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-