Resolución N° 834/13
Nro de Expediente:
3180-003344-12
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
25/2/2013


Tema:
DONACIÓN MODAL

Resumen:
Se aprueba texto de donación modal a firmarse con el Instituto Mujer y Sociedad para el mantenimiento del servicio psico-social a prestarse en las ComunaMujer 9, 10, 14 y 18.-

Montevideo, 25 de Febrero de 2013.-
 
      VISTO: que la Secretaría de la Mujer, eleva actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo una donación modal con la Sociedad Civil "Instituto Mujer y Sociedad";
      RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue continuar con los servicios de asesoría psico-social a mujeres en situación de violencia doméstica y vulnerabilidad social, incluyendo acompañamiento y seguimiento de las situaciones planteadas;
      2o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 154115, por la suma de $ 530.850,oo;
      CONSIDERANDO: 1o.) la División Políticas Sociales se manifiesta de conformidad y la División Asesoría Jurídica formula observaciones al texto propuesto que han sido recogidas en el presente;
      2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima pertinente dictar resolución en tal sentido;
      3o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
      LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar el texto de una donación modal a suscribirse entre esta Intendencia y la Sociedad Civil "Instituto Mujer y Sociedad", en los siguientes términos: DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, a los................., del año dos mil trece, POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, en adelante, la IdeM, representada en este acto por ................., en su calidad de ........................., con domicilio en esta ciudad en Avda. 18 de Julio No. 1360, inscrita en el Registro Único Tributario con el No. 21.176335.0018 y POR OTRA PARTE: La Sociedad Civil "Instituto Mujer y Sociedad", en adelante la Institución, inscripta en el Registro Único Tributario con el No………………….representada en este acto por ................................, en su calidad de ..............................., con domicilio en la calle Juan Manuel Blanes No 1231, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IdeM desarrolla en este caso a través de la Secretaría de la Mujer de la División Políticas Sociales -Departamento de Desarrollo Social- por medio del Programa ComunaMujer. ComunaMujer, es un programa que continúa siendo implementado desde 1996 teniendo como finalidad el desarrollo de la ciudadanía de las mujeres a través de una política de género a nivel territorial. Es relevante destacar que este programa surge como política institucional en respuesta a las vecinas montevideanas en el marco de la elaboración de los planes quinquenales de los gobiernos descentralizados de Montevideo. El objetivo general de las ComunaMujer es "contribuir a que la IdeM y los Gobiernos Municipales de Montevideo incorporen en sus acciones la promoción de igualdad de oportunidades entre mujeres y varones y la equidad de género, para mejorar la calidad de vida de las mujeres, en especial aquéllas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad social". En esta instancia y en el marco del referido programa se apunta a brindar un servicio integral de atención a mujeres víctimas de violencia doméstica. II) Por los llamados abiertos dirigidos a ONGs interesadas en suscribir convenios con la IdeM para llevar adelante el servicio psico-social de atención a mujeres víctimas de violencia doméstica realizados en setiembre de 2012, la Institución resultó adjudicataria para las ComunaMujer 10, 14 y 18. La ComunaMujer 9 resultó desierta en el llamado por haberse presentado sólo la ONG "Gap Centro Juvenil" y no haber alcanzado el puntaje mínimo de adjudicación, habiéndose decidido por la Comisión Asesora convocar a las dos Asociaciones Civiles que llegaron a los puntajes para las otras zonas para conocer si existía interés de prestar el servicio psico-social en la zona que había resultado desierta, a lo cual la Asociación Civil Casa de la Mujer de la Unión y la Institución presentaron propuestas para la Comuna Mujer 9 y analizadas por la Comisión Asesora resultó adjudicataria de la misma la Institución. III) La Institución carece de fines de lucro, tiene personería jurídica y nace en 1986 respondiendo a la necesidad de crear un espacio propio para las mujeres, donde puedan recibir ayuda y orientación en cuanto a su problemática específica. Sus objetivos son: a) fomentar la autonomía de las mujeres en situación de vulnerabilidad y víctimas de violencia; b) brindar asistencia jurídica, psicológica y social; c) realizar la divulgación del derecho a nivel popular, para que las mujeres tengan acceso al conocimiento de sus derechos y a una formación jurídica elemental (primeros auxilios jurídicos) y d) capacitar a líderes barriales, agentes comunitarios, funcionarios policiales y técnicos del sector salud y educación en Derechos Humanos de las mujeres, Primeros Auxilios Jurídicos y Violencia Doméstica.- SEGUNDO: OBJETO: La IdeM dona a la Institución, la suma total de $ 796.275,oo (pesos uruguayos setecientos noventa y seis mil doscientos setenta y cinco) la que se entregará en tres partidas iguales de $ 265.425,oo (pesos uruguayos doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos veinticinco), la primera a la firma de la donación, la segunda a los 120 (ciento veinte) días de iniciado el plazo y la tercera a los 120 (ciento veinte) días de la segunda, todas en el año 2013, con el objetivo de cubrir los gastos de personal y administración que implique la instrumentación de los servicios y las actividades. Las sumas donadas se ajustarán semestralmente por el IPC del período en todo lo que no corresponda a haberes de personal subordinado los cuales significan un total mensual de $ 46.877,oo (pesos uruguayos cuarenta y seis mil ochocientos setenta y siete) con más las incidencias mensuales que hacen un total mensual de $ 9.117,oo (pesos uruguayos nueve mil ciento diecisiete) los que se ajustarán por el Consejo de Salarios. TERCERO: MODO: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en el apartado I de la Cláusula Primera, la IdeM impone a la Institución el cumplimiento del siguiente modo: I) Implementar un servicio de asesoramiento psicosocial a las mujeres que sufren situaciones de violencia familiar y se encuentren en situación de vulnerabilidad social. II) Articular con los servicios jurídicos de las mismas comunas, articular también con el Departamento de violencia basada en género del Ministerio de Desarrollo Social, sin perjuicio de la articulación con los Municipios, Servicios Centro Comunal Zonal y con las organizaciones barriales para difundir la temática y las actividades. III) Cumplir con el servicio en las Comunas 9, 10, 14 y 18, contando para ello con un/a técnico/a psico-social con 6 (seis) horas semanales de labor en la Comuna No.9, un/a técnico/a pscio-social con 6 (seis) horas semanales de labor en la Comuna No. 10, un/a técnico/a pscio-social con 6 (seis) horas semanales de labor en la Comuna No. 14, un/a técnico/a pscio-social con 6 (seis) horas semanales de labor en la Comuna No. 18, así con un/a técnico/a encargado/a de coordinación que será el referente institucional ante la IdeM con 6 (seis) horas mensuales de labor en cada Comuna. IV) Realizar reuniones de equipos que incluye a los técnicos/as de ambos servicios (jurídico y psico-social) -4 (cuatro) horas mensuales-, sin perjuicio de las reuniones periódicas de seguimiento con el Equipo Técnico de la Secretaría de la Mujer. V) Brindar información a la Comisión Zonal de Mujeres sobre el funcionamiento del servicio siempre que ésta lo requiera. VI) Elaborar informes mensuales a la Secretaría de la Mujer del número de consultas efectuadas de acuerdo al formato proporcionado por ésta. Elaborar asimismo informes semestrales acerca de las acciones y actividades desarrolladas para el cumplimiento de los objetivos y el logro de los resultados esperados. VII) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas en el mes inmediato posterior a cada partida vertida; las mismas deberán ser rendidas mediante informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por Resolución Nº 5375/08 de la IdeM, provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con los destinos previstos por esta donación , en la forma y condiciones que determine la Unidad Central de Auditoría Interna. La no presentación de la rendición de cuentas correspondiente a la partida anterior habilitará a la IdeM a retener las cuotas siguientes. VIII) Exhibir los siguientes documentos: A) Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago de cotizaciones al organismo previsional. B) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (artículo 663 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990). C) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. D) Planilla de Control de Trabajo, recibos de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. E) Datos personales de los participantes comprendidos en la ejecución del modo impuesto por la IdeM.- CUARTO: ACEPTACIÓN Y PLAZO: La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de su firma y por el plazo de un año, la que podrá renovarse por un plazo igual si mediare al respecto informe favorable del Equipo Técnico de la Secretaría de la Mujer acerca del cumplimiento cabal del modo por parte de la Institución.- QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La IdeM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo a través de la Coordinación Ejecutiva de la Secretaría de la Mujer y su Equipo Técnico, los que solicitarán informes periódicos a los efectos de la evaluación, seguimiento y evaluación periódica de la propuesta y de la totalidad de las acciones planteadas en la contratación a través de diferentes metodologías, a saber: consulta con usuarias, con actores locales, visitas a los servicios, y mediante la consideración de los informes cualitativos semestrales y los informes cuantitativos mensuales de situaciones atendidas que elaborará la Institución; II) que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Tercera numeral VII; y III) que la Institución cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que ella trabe con los individuos seleccionados para realizar las tareas encomendadas. Asimismo deberá dar cumplimiento a la presentación de toda la documentación reseñada en el numeral VIII de la cláusula tercera. SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN: La Institución asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación laboral trabada entre ésta y los profesionales y otros participantes del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la IdeM es por completo ajena. Asimismo la Institución indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios de la IdeM y/o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en el cumplimiento del modo.- SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial ó extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto ó hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: RESCISIÓN: I.-El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de la Institución, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IdeM. Se considerará que la Institución ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la Intendencia, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la Institución declara conocer y aceptar. II.- Será asimismo causal especial de rescisión del contrato la constatación de inercia por parte de la Institución ante denuncias de acoso sexual laboral de acuerdo a lo previsto en el Punto 3, Inciso 3 (ámbito de aplicación) del Protocolo de Actuación en Acoso Sexual Laboral aprobado por Resolución No. 3.419/12, de 3/VIII/12 de la Intendenta de Montevideo en el marco de la Ley No. 18.561, normas que la Institución declara conocer. NOVENO: INDIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de las mismas.- DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DÉCIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación ó intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. DÉCIMO PRIMERO: REPRESENTACIÓN: La Institución acredita la representación invocada según certificado expedido el día ....... por el escribano ...............que se exhibe en este acto. Para constancia y en señal de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la donación modal cuyo texto por el numeral anterior se aprueba.-
      3.- La erogación resultante será atendida con cargo a la Solicitud SEFI No. 154.115.-
      4.- Comuníquese a los Municipios A, D, y F; al Departamento de Recursos Financieros; a las Divisiones Políticas Sociales, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, Información y Comunicación, Asesoría Jurídica; a los Servicios de Escribanía, Unidad Central de Presupuesto, Centro Comunal Zonal Nos. 9, 10, 14 y 18, a las Unidades Central de Auditoría Interna y de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Social y pase -por su orden- a la Contaduría General y a la Secretaría de la Mujer a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-