Resolución N° 4444/11
Nro de Expediente:
1060-002034-11
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
26/9/2011


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto de Decreto a la Junta Departamental para aplicar una multa de 200 U.R. a Cei S.R.L., por remover pavimento sin autorización, en una intervención frente a los Nos. 2903 y 2929 de la calle 21 de Setiembre.-

Montevideo, 26 de Setiembre de 2011.-
 
        VISTO: la infracción cometida por Cei S.R.L., R.U.T. 210921020015, en una intervención frente a los Nos. 2903 y 2929 de la calle 21 de Setiembre;
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que dicha empresa infringió lo dispuesto en el Art. D.2215 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por remoción de pavimento sin autorización, en una superficie de 40 m2, de lo cual se notificó el 1º/VII/11, no presentándose descargos;
        2º) que de acuerdo con lo establecido en el Art. D.2240 de la referida fuente normativa, corresponde aplicar una multa de 200 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87 y la Ley Orgánica Nº 9515 de 28/10/35 en su Art. 19 numeral 30, por multas comprendidas entre 70 U.R. y 350 U.R. corresponde solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorizar a la Intendencia de Montevideo para imponer una multa de 200 U.R. (doscientas unidades reajustables) a Cei S.R.L., R.U.T. 210921020015, con domicilio en la calle Pedro Piñeyrúa Nº 4890, por infracción a lo dispuesto en el Art. D.2215 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por remoción en el pavimento sin autorización, en una superficie de 40 (cuarenta) m2, frente a los Nos. 2903 y 2929 de la calle 21 de Setiembre.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión, sin más trámite, a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-