Resolución N° 1387/04
Nro de Expediente:
3170-000265-04
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
31/3/2004


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el proyecto del Convenio a suscribirse entre esta Comuna y el Taller de Música Popular (TUMP), con el objeto de continuar con las tareas extracurriculares y comunitarias a desarrollarse en el área de la expresión musical .-

Montevideo, 31 de Marzo de 2004.-
 
        VISTO: que la Unidad de Guardería Municipal dependiente de la Comisión de Infancia eleva actuaciones tendientes a la firma de un convenio con el Taller Uruguayo de Música Popular (TUMP);
        RESULTANDO: 1o.) que el mismo tiene como objeto la realización de actividades extracurriculares y comunitarias a desarrollarse en el área de expresión musical;
        2o.) que la erogación resultante será atendida con cargo a la solicitud SEFI No. 73194;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se manifiesta de conformidad;
        2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de Convenio a suscribirse entre esta Comuna y el Taller Uruguayo de Música Popular (TUMP), en los siguientes términos.- CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los ................días del mes de ........... de dos mil cuatro, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por .........................................con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: el Taller Uruguayo de Música Popular, en adelante TUMP, representado por ......................., con domicilio en ...................... convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: Desde el año 1996, se vienen desarrollando talleres anuales, de percusión, de canto colectivo, expresión corporal, etc., cuya experiencia ha sido evaluada como muy positiva tanto desde el punto de vista de la socialización como de la maduración y crecimiento personal que genera en el grupo humano al que va dirigida. SEGUNDO: OBJETO: Las mencionadas Instituciones, han acordado la realización de actividades extracurriculares y comunitarias a desarrollarse en el área de la expresión musical, así como otros talleres dentro de las competencias del TUMP y aplicables de acuerdo a los objetivos de la Unidad Guardería Municipal.- TERCERO: PERFIL DEL TALLERISTA: Las actividades deberán ser desarrolladas por un tallerista especializado en la tarea e idóneo en el área de educación inicial, en la medida que la población de esta unidad está comprendida entre los dos y cuatro años.- CUARTO: ACTIVIDADES: Las actividades estimularán el desarrollo en lo rítmico musical y la expresión corporal, así como otras áreas creativas, en función de la población participante. Las mismas deberán ser pautadas y graduadas de acuerdo con una propuesta de plan anual, realizada por el/la tallerista. El/La tallerista deberá dentro de sus tareas, asumir las actividades de finalización de cursos de cada nivel. - QUINTO: LUGAR DE ACTIVIDADES Y DIAS: Dichas actividades tendrán lugar en el local de la Unidad Guardería Municipal, ubicado en la calle Ejido No. 1112, los días miércoles en el horario de 13:30 a 16:30 horas y viernes de 13:30 a 15:30 horas. SEXTO: TRANSFERENCIA: La Intendencia transferirá al TUMP la suma de $ 3.900,oo (pesos uruguayos tres mil novecientos) mensuales, siendo el monto total de $ 31.200,oo (pesos uruguayos treinta y un mil doscientos), imputándose a la cuenta creada por Decreto No. 29434 Art. 146 de fecha 10/V/01.- SEPTIMO: PLAZO: El presente Convenio comenzará a regir a partir del 21/IV/04 y hasta el 21/XII/04. Para constancia y como prueba de conformidad las partes firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Establecer que la erogación resultante se atenderá con cargo a la solicitud SEFI No. 73194.-
        4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Servicios de Relaciones Públicas; Prensa y Comunicación; Escribanía; Unidades de Convenios, Central de Presupuesto y Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase - por su orden - a la Contaduría General y a la Comisión de Infancia.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-