Resolución N° 4256/06
Nro de Expediente:
2500-004297-06
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
23/10/2006


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba el Proyecto de Donación Modal a suscribirse entre esta Comuna la Cooperativa "1o. de Marzo", para la "Limpieza de Cañadas en la zona del Servicio Centro Comunal Zonal No. 17".

Montevideo, 23 de Octubre de 2006.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a Cooperativas para la "Limpieza de cañadas en la zona del Servicio Centro Comunal Zonal No. 17", enmarcado en la política social que esta Comuna desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores de la población que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral;
      RESULTANDO: 1o.) que la Cooperativa 1o. de Marzo, que fue la seleccionada, es una Asociación Civil sin fines de lucro, que tiene entre sus objetivos el desarrollo de proyectos educativo-laborales, para lograr un perfeccionamiento productivo de cooperativistas, que permita mejorar el proyecto de vida colectivo y conceptuar el trabajo grupal;
      2o.) que la Comisión Asesora, representada por los Departamentos de Descentralización y Desarrollo Ambiental y por la Unidad Pymes, informa con fecha 4 de setiembre de 2006, que la oferta presentada cumple con los requisitos solicitados en el Pliego de Condiciones que rigió el llamado;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la Asesoría Jurídica informa, con fecha 12 de octubre de 2006, que analizado el proyecto de convenio a suscribir, se procedió a su adaptación a la normativa vigente;
      2o.) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, realizó la imputación SEFI No. 94608, por la suma de $ 81.000,oo, monto que se considera suficiente para hacer frente al gasto en el presente ejercicio;
      3o.) que la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que

      actúe en consecuencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Aprobar el siguiente Proyecto de Donación Modal, a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Cooperativa "1o. de Marzo": DONACION MODAL: En la ciudad de Montevideo, el día ** del mes de ** de dos mil seis, comparecen: POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo, (en adelante, la I.M.M.), R.U.C. 211763350018, con domicilio en la Avenida 18 de Julio No. 1360 de Montevideo, representada en este acto por **, en su calidad de ** y POR OTRA PARTE: La Cooperativa "1o. de Marzo", (en adelante, la Institución), representada en este acto por **, titular(es) de la(s) Cédula(s) de Identidad Nos. ** y **, respectivamente en su(s) calidad(es) de ** y ** respectivamente, constituyendo domicilio en **, siento todos los nombrados orientales, mayores de edad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes: I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IMM desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral dentro de los cuales se encuentra la población nucleada en el cooperativismo. II) La Cooperativa "1o. de Marzo" es una Institución no gubernamental, sin fines de lucro, que dentro de su objeto tiene como uno de sus cometidos el desarrollo de proyectos socio educativos laborales, tendientes a desarrollar un perfeccionamiento productivo que permita mejorar el proyecto de vida colectivo, conceptuando al trabajo grupal como instrumento, a fin de reforzar la identidad cooperativa, desarrollar y profundizar los vínculos en las diferentes situaciones de trabajo, así como las responsabilidades, derechos y deberes de sus integrantes. III) La Institución propone la realización de experiencias educativo laborales de limpieza de cañadas en la zona del Servicio Centro Comunal Zonal No. 17 para lo cual solicita la colaboración de la IMM y ésta entiende que pueden cumplirse realizando tareas que más adelante se dirán. SEGUNDO: Objeto: La IMM dona a la Institución, la suma de $ 3:342.228,oo (pesos uruguayos tres millones trescientos cuarenta y dos mil doscientos veintiocho), que se entregarán de la siguiente forma: a) Una primera partida de $ 81.000,oo (pesos uruguayos ochenta y un mil) que se abonará a los 10 (diez) días de celebrado este contrato. b) 12 (doce) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 271.769,oo (pesos uruguayos doscientos setenta y un mil setecientos sesenta y nueve), comenzando a abonarse la primera de ella a los 30 (treinta) días de celebrado el presente contrato. A partir de la tercera cuota, la IMM abonará las referidas cuotas una vez verificado el cumplimiento del cronograma de las actividades educativo laborales correspondientes al mes anterior al precedente, acordadas por parte de la Unidad Pymes. TERCERO: Modo: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, mencionados en el apartado I de la cláusula PRIMERA, la IMM impone a la Institución el cumplimiento del siguiente modo: I) Seleccionar e incorporar a las tareas educativo-laborales 8 (ocho) cooperativistas, 2 (dos) suplentes para cumplir las ausencias de éstos y a un Capataz Coordinador, a fin de cumplirlas en las condiciones que se detallan en el siguiente numeral, debiendo la Institución comunicar a la IMM el nombre de la persona que oficiará como interlocutor ante la dependencia municipal correspondiente. Los mismos trabajarán como peones durante 7 horas diarias de lunes a viernes. Por otra parte, el Capataz Coordinador trabajará 45 (cuarenta y cinco) horas semanales. II) Realizar tareas de limpieza y mantenimiento en las cañadas y espacios públicos que sean indicados por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 17, de acuerdo al programa que defina dicha dependencia. III) Hacerse cargo del pago de los jornales, de la gestión de las tareas, incluida la compra de los insumos, de las herramientas, de la vestimenta, así como la contratación de los vehículos correspondientes para la carga, tareas y supervisión. IV) Realizar el seguimiento de la totalidad del proceso educacional, según lo expresado en la propuesta educativa presentada, a través de un equipo profesional integrado por especialistas en distintas disciplinas sociales. V) Rendir cuentas a la IMM mensualmente, dentro de los 10 (diez) días siguientes a la finalización de cada mes, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con el destino previsto por este contrato. CUARTO: Aceptación y Plazo: La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de la suscripción del presente y por el término de un año, pudiéndose de común acuerdo renovar por un plazo equivalente. Las tareas comenzarán dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la transferencia de la partida inicial. QUINTO: Contralor del cumplimiento del modo: La IMM controlará: I) El cumplimiento de la ejecución del modo por medio de la Unidad Pymes y del Equipo Técnico del Servicio Centro Comunal Zonal No. 17, que realizará informes periódicos a los efectos de la evaluación correspondiente. II) Las rendiciones de cuentas presentadas de acuerdo a lo estipulado en la cláusula tercera. III) Que la Institución cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con las actividades necesarias para el cumplimiento del modo, por lo cual la constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IMM a la inmediata rescisión del contrato. IV) Que la Institución cumpla con los aportes correspondientes al Banco de Previsión Social y ante el Banco de Seguros del Estado, Dirección General de Impositiva y cualquier otro organismo que pudiere corresponder. SEXTO: Responsabilidades de la Institución: La Institución asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y los beneficiarios del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la IMM es por completo ajena. Asimismo la Institución indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios municipales o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo. SEPTIMO: Mora Automática: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el sólo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. OCTAVO: Rescisión: El incumplimiento de todas o cualesquiera de laso obligaciones a cargo de la Institución, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IMM . Se considerará que la Institución ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IMM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IMM, que la Institución declara conocer y aceptar. NOVENO: Domicilios Especiales: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DECIMO: Comunicaciones: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. DECIMO PRIMERO: Representación: La Institución acredita la representación invocada según ** expedido el día **/ exhibido ante **. Y en prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
      2o.-Delegar en la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la firma de la donación modal que se aprueba en el numeral que antecede.
      3o.-Disponer que una vez iniciado el ejercicio 2007, vuelvan las actuaciones a la Oficina de Gestión Presupuestal para la imputación complementaria del gasto.
      4o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, Descentralización, a la Asesoría Jurídica, a la División Saneamiento, a las Unidades Pymes y Convenios, a los Servicios de Escribanía y de Operación y Mantenimiento de Saneamiento, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental; cumplido y previa intervención de Contaduría General

      pase al Departamento de Desarrollo Ambiental para su formalización.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-