Resolución N° 444/09/4000
Nro de Expediente:
4001-002036-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/7/2009


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar al Programa Infancia, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, el uso de la Plaza de la Democracia sita en el Bvar. Gral. Artigas, entre la calle Avelino Miranda y Avda. 8 de Octubre, el día 30/VII/09 de 12:00 a 17:00 horas, para realizar una actividad recreativa enmarcada en el programa de la "Red de atención y protección de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle".-

Montevideo, 31 de Julio de 2009.-
 
        VISTO: la solicitud del Programa Infancia, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, para que se le conceda el uso de la Plaza de la Democracia sita en el Bvar. Gral. Artigas, entre la calle Avelino Miranda y Avda. 8 de Octubre, el día 30/VII/09 de 12:00 a 17:00 horas, para realizar una actividad recreativa enmarcada en el programa de la "Red de atención y protección de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle";
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 4 no encuentra inconveniente en el desarrollo de la actividad planteada;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a lo solicitado, estableciendo las condiciones que lucen en su informe del 28/VII/09;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Programa Infancia, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, el uso de la Plaza de la Democracia sita en el Bvar. Gral. Artigas, entre la calle Avelino Miranda y Avda. 8 de Octubre, el día 30/VII/09 de 12:00 a 17:00 horas, para realizar una actividad recreativa enmarcada en el programa de la "Red de atención y protección de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle"; responsabilizándose a la solicitante de: A) cumplir: a) con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) cumplir con la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar; c) con las condiciones que indica el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño en cuanto a: 1) no estacionar ningún vehículo sobre la plaza, el pavimento y/o equipamiento en general de la misma mediante pintura, pegamentos ni perforar el pavimento en ninguna de sus posibles variantes; 2) no colocar cartelería denominada pasacalles, dentro del perímetro de la Plaza y calles circundantes, así como instalar publicidad de clase alguna; B) responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones ya sea en superficie, subterráneo o aéreo, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa municipal vigente; b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando esta Intendencia exonerada de toda responsabilidad y C) efectuar las coordinaciones que correspondan con los Servicios Centro Comunal Zonal N° 4 y Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 4 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

SR. DANIEL ESPOSITO, Director General (I).-