Resolución N° 821/14
Nro de Expediente:
4500-000278-14
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
7/3/2014


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Convalidar el siguiente Proyecto de Convenio suscrito entre esta Intendencia con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas para el mantenimiento de la Caminería Rural.

Montevideo, 7 de Marzo de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el Convenio de Caminería Rural, suscrito entre la Intendencia de Montevideo y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
        RESULTANDO: que el objeto del referido Convenio es la ejecución de tareas a cargo de esta Intendencia, relacionadas con el mantenimiento de una red de caminos departamentales;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad considera oportuno dictar Resolución aprobando el texto del mencionado Convenio;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Convalidar el siguiente Proyecto de Convenio suscrito entre esta Intendencia con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas:
        PROGRAMA 370: MANTENIMIENTO EN LA RED VIAL DEPARTAMENTAL
        CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        En Montevideo, el día 19 de febrero de 2014, por una parte I) el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) representado por el Señor Ministro, Don Enrique Pintado, y por otra parte la Intendencia Departamental de Montevideo representada por la Sra. Intendenta, Sra. Ana Olivera convienen en suscribir el siguiente convenio. PRIMERO: Antecedentes. I) El artículo 61 de la Ley 16.002 de 25 de noviembre de 1988 creó en el Inciso 10, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Programa de "Mantenimiento de la Red Vial Departamental". Por Ley 18.719 el Programa 370, tiene como objetivo la administración de las transferencias de los recursos necesarios para tareas de mantenimiento en la Red Vial Departamental. II) La administración de las partidas se encuentra a cargo de la Unidad Ejecutora 003 Dirección Nacional de Vialidad, bajo la supervisión técnica del Departamento de Infraestructura Vial Departamental de la División Construcciones. III) El Ministerio de Transporte y Obras Públicas financia este programa a través de Rentas Generales. SEGUNDO: Objeto. El objeto del presente convenio es la ejecución, de las tareas de mantenimiento en una red de caminos departamentales en los caminos departamentales indicados en listado adjunto, por un monto total de $ 11.250.689. Los montos a invertir serán acordados entre la Intendencia y el MTOP, en función de las intervenciones previstas a la red objeto del convenio. TERCERO: Descripción del Programa. La red objeto del presente convenio corresponde a 289 km de caminos rurales, a los cuales se le realizará una intervención anual de mantenimiento de modo de garantizar su transitabilidad durante su lapso de vigencia. La selección de los caminos y las tareas a realizar se ajustarán a los requisitos establecidos en las Especificaciones Técnicas Particulares y al Pliego General y las Especificaciones Técnicas Complementarias y/o Modificativas del Pliego de Condiciones para la Construcción de Puentes y Carreteras de la Dirección Nacional de Vialidad, lo que forma parte del convenio. CUARTO: Modalidad de Ejecución del Programa. La Intendencia comunicará la modalidad bajo la cual se instrumentará el Programa. El presente convenio establece precios unitarios para obras de mantenimiento, cuyas tareas básicas a realizar, se pagarán de acuerdo al rubrado que se expone más adelante. Si la Intendencia optara y/o necesitara contratar parte de las obras para el cumplimiento del Programa, el MTOP aportará los montos disponibles, resultantes del acuerdo alcanzado con la Intendencia según el artículo anterior. En caso de realizar obras extraordinarias, las mismas responderán a proyectos ejecutivos elaborados por la Intendencia. El monto a pagar, surgirá del listado de rubros propuesto por la Intendencia y del análisis que el MTOP efectúe sobre los documentos aportados. Dichas obras deberán contemplar en su presentación, las Especificaciones Técnicas Particulares y las condiciones establecidas en el Pliego General de Obra Pública para la Construcción de Puentes y Carreteras. La Intendencia comunicará en forma mensual el plan de acción sobre la red a efectos de que el MTOP pueda realizar la supervisión. QUINTO: Plazo. El plazo para la ejecución de las obras vencerá el 31 de diciembre, sin perjuicio de las prórrogas o renovaciones que las partes acuerden. SEXTO: Modificaciones en la red convenida. La Intendencia y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrán realizar conjuntamente una revisión de los caminos seleccionados, incluidos en el Programa de referencia, pudiendo cuando así se justifique y de acuerdo a los criterios establecidos para su selección, sustituir un camino por otro o incorporar un camino no presente en el listado adjunto siempre que el monto implicado en los trabajos a realizar no exceda el 5% del monto total del convenio. SEPTIMO: Certificado de Obra Realizada. Finalizado cada mes, el Director de Obras de la Intendencia y el Ingeniero Supervisor Regional designado por la DNV, confeccionarán el Certificado de Obra de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Particulares, el cual constituirá el instrumento base con el cual se efectuarán las transferencias. OCTAVO: Procedimientos para las transferencias. Las transferencias de recursos se realizarán mensualmente mediante órdenes de pago, según el monto resultante del Certificado de Obra. El precio de los trabajos, han sido determinadas por el MTOP en el listado básico que se muestra a continuación.


        DESCRIPCIÓN

        UNIDAD

        PRECIO UNITARIO 2014 ($)

        1

        Mantenimiento Ordinario Básico

        km

        22.887

        2

        Mantenimiento extraordinario 5 m de ancho de calzada (10 cm de espesor)

        km

        157.320

        3

        Mantenimiento extraordinario 5 m de ancho de calzada (15 cm de espesor)

        km

        251.370

        4

        Perfilados

        km

        5.627

        5

        Señales Reflectorizantes

        un

        5.291

        6

        Base granular CBR> 6O

        m3

        342

        7

        Manteniemiento de faja

        ha

        8.010


        8

        Horm. Arm. clase VII p/alcantarillas

        m3

        14.900

        9

        Horm. Arm. p/cabezales y alas

        m3

        10.169

        10

        Horm. Arm. p/revestimientos de talud

        m3

        7.238

        11

        Horm. Arm. p/losas de badén

        m3

        6.854

        12

        Hormigón ciclópeo

        m3

        3.598

        13

        Limpieza y excavación p/imp. alcant.

        m3

        389

        14

        Terraplén con material no clasificado

        m3

        171

        15

        Tosca cementada

        m3

        1.581

        16

        Tosca compactada

        m3

        484

        17

        Limpieza de cauce

        m3

        177

        18

        Caños colocados diámetro f50 cm

        m

        2.336

        19

        Caños colocados diámetro f60 cm

        m

        2.896

        20

        Caños colocados diámetro f80 cm

        m

        4.660

        21

        Caños colocados diámetro f100 cm

        m

        6.117

        22

        Transporte de material a granel

        m3*km

        7,27

        23

        Entradas particulares

        m

        4.973

        24

        Alc. de 1 boca Tipo Z de 50 cm con cabezales incluido

        un

        32.826

        25

        Alc. de 1 boca Tipo Z de 60 cm con cabezales incluido

        un

        40.158

        26

        Alc. de 1 boca Tipo Z de 80 cm con cabezales incluido

        un

        74.181

        27

        Alc. de 1 boca Tipo Z de 100 cm con cabezales incluido

        un

        116.126

        28

        Alc. de 1 boca Tipo Z de 120 cm con cabezales incluido

        un

        160.259

        29

        Alc. de 2 bocas Tipo Z de 50 cm con cabezales incluido

        un

        53.978

        30

        Alc. de 2 bocas Tipo Z de 60 cm con cabezales incluido

        un

        74.505

        31

        Alc. de 2 bocas Tipo Z de 80 cm con cabezales incluido

        un

        133.385

        32

        Alc. de 2 bocas Tipo Z de 100 cm con cabezales incluido

        un

        208.297

        33

        Alc. de 2 bocas Tipo Z de 120 cm con cabezales incluido

        un

        282.113

        34

        Alc. de 3 bocas Tipo Z de 50 cm con cabezales incluido

        un

        87.010
        35
        Alc. de 3 bocas Tipo Z de 60 cm con cabezales incluido
        un
        108.823
        36
        Alc. de 3 bocas Tipo Z de 80 cm con cabezales incluido
        un
        192.554
        37
        Alc. de 3 bocas Tipo Z de 100 cm con cabezales incluido
        un
        300.457
        38
        Alc. de 3 bocas Tipo Z de 120 cm con cabezales incluido
        un
        404.314
        39
        Ingeniería de proyectos
        un/mes
        29.493
        NOVENO: Descuentos, Retenciones y Cesiones. 1) El MTOP podrá descontar de la certificación mensual los importes correspondientes a cualquier adeudo que la Intendencia Departamental mantuviera con el Ministerio. 2) Asimismo, podrá realizar retenciones en los certificados debido a incumplimientos del presente convenio y de lo establecido en las Especificaciones Particulares. 3) La Intendencia Departamental podrá transferir parte de lo certificado a terceros, mediante cesión de pagos. DÉCIMO: Evaluaciones de desempeño. El MTOP realizará evaluaciones del cumplimiento físico y financiero del Programa en el transcurso del año. Si de dichas evaluaciones se constata atraso en lo convenido, el MTOP podrá realizar una reasignación de recursos, modificando el monto asignado a la Intendencia, manteniendo el tope presupuestal global asignado al Programa. DÉCIMOPRIMERO: El MTOP queda facultado para: suspender la ejecución de las obras si estima que las técnicas o materiales empleados no son los adecuados. no recibir las obras si considera que no fueron ejecutadas de acuerdo a lo estipulado. DÉCIMOSEGUNDO. Señalización de las obras en ejecución. La Intendencia deberá señalizar la obra en ejecución de acuerdo a la Norma Uruguaya de Señalización para indicar la presencia de gente y equipos viales en obra, brindando información y seguridad sobre los trabajos que se realizan. DÉCIMOTERCERO. Fortalecimiento Institucional para la Planificación Estratégica. La Intendencia se compromete a colaborar en la implementación del Sistema de Gestión de Convenios y de la actualización de la cartografía digital que vienen desarrollando las Direcciones Nacionales de Vialidad y Topografía, con el objetivo de contribuir a una planificación estratégica de las inversiones en las redes departamentales. El MTOP potenciará las capacidades con la transferencia de conocimiento en el uso de las herramientas de información geográfica a los funcionarios departamentales para la construcción y el mantenimiento de la Infraestructura de Datos Espaciales del Estado en lo referente a la infraestructura vial. DÉCIMOCUARTO: Contribución Departamental. A efectos del normal funcionamiento del proyecto, la Intendencia se obliga a proveer todos los recursos humanos, materiales y logísticos necesarios para ejecutar adecuadamente los trabajos de mantenimiento y las tareas de asistencia técnica que se convienen. DÉCIMOQUINTO: Las partes firman el presente Convenio, ad-referéndum de la intervención del Tribunal de Cuentas de la República y aprobación del Poder Ejecutivo. Para constancia y en prueba de conformidad las partes otorgan y firman dos ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.
        2.- Comuníquese a Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, a la Contaduría General, a la División Asesoría Jurídica, a los Servicios de Escribanía y Relaciones Públicas y pase a la División Vialidad.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-