Resolución N° 108/99/5000
Nro de Expediente:
52410
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
12/2/1999


Tema:
BAJAS POR INCAPACIDAD LABORAL

Resumen:
52410

Montevideo, 12 de Febrero de 1999.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Manuel Vázquez, C.I. Nº 1.280.515, quien se desempeña en el Servicio de Gestión de Paseos Públicos;
        RESULTANDO: 1o.) que al titular se le realizó un Tribunal Médico con fecha 24 de noviembre de 1998, el que dictaminó que corresponde el cese de la relación laboral por padecer una afección que lo hace inepto para el normal y continuado desempeño de las tareas de su cargo y de todo otro tipo de tareas, siendo su incapacidad laboral evaluada en un 90 %;
        2o.) que correspondería efectuar su inclusión en el régimen de los arts. D. 128 y D. 129, Volumen III del Digesto Municipal, a partir del 23 de noviembre de 1998;
        3o.) que la Unidad Cuentas Personales informa que el Sr. Vázquez no cuenta con causal jubilatoria común;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución, disponiendo que la Unidad Cuentas Personales tramite la jubilación del titular en el Area de la Salud del B.P.S., otorgándole a tales efectos licencia con goce de sueldo;
        2o.) las facultades



        oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
        RESUELVE:
        1o.- La Unidad Cuentas Personales tramitará la jubilación por incapacidad laboral, del funcionario Sr. Manuel Vázquez, C.I. Nº 1.280.515, quien se desempeña en el Servicio de Gestión de Paseos Públicos, dependiente del Departamento de Descentralización, de conformidad con lo previsto en los arts. D. 128 y D. 129, Volumen III del Digesto Municipal.-
        2o.- Otorgar al citado funcionario, licencia con goce de sueldo, mientras se tramita la jubilación dispuesta, por el término máximo de un año, a partir del 23 de noviembre de 1998.-
        3o.- En caso necesario, la Unidad Cuentas Personales aplicará las medidas previstas en el inciso final del art. D. 129, Volumen III del Digesto Municipal, comunicando en forma simultánea, por escrito, dicha situación a la Unidad Sueldos y Jornales del Servicio de Liquidación de Haberes; a la Unidad Empleos del Servicio de Administración de Recursos Humanos y a la dependencia en la que revista el titular.-
        4o.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; a las Unidades Auditoría de Personal, Cuentas Personales, Certificaciones Médicas, Empleos y Valoración de Puestos; a los Servicios de Gestión de Paseos Públicos y Liquidación de Haberes; y pase, por su orden, a los de Central de Inspección General, para notificación al interesado y Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-

Sr. Ernesto DE LOS CAMPOS, Director General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales.-