Resolución N° 5059/03
Nro de Expediente:
1030-002067-03
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
3/12/2003


Tema:
CONTRATACIONES

Resumen:
Se contrata, en calidad de docente zafral, para desempeñarse en la "Escuela Taller" del Proyecto "Ciudad Vieja Renueva", al ciudadano Sr. Jorge Burguez y otros.-

Montevideo, 3 de Diciembre de 2003.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, promovidas por la División Relaciones Internacionales y Cooperación;
        RESULTANDO: 1o.) que en las mismas informa que esta Intendencia Municipal, con el cofinanciamiento de la Comisión de las Comunidades Europeas, en el marco del Programa Urb-al de cooperación entre municipios de América Latina y la Unión Europea, está implementando el proyecto "Ciudad Vieja Renueva", con el objetivo de aportar a la integración social de la población en áreas centrales deprimidas. Entre las áreas de intervención se está instalando una "Escuela Taller" para facilitar el acceso y/o la reinserción al mundo del trabajo de la población del barrio Ciudad Vieja, a partir de la adquisición de destrezas y habilidades vinculadas a tareas de mantenimiento y recuperación del espacio urbano;
        2o.) que para su ejecución, la IMM y el Consejo de Educación Técnico Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública firmaron un acuerdo complementario, según Resolución Nº 3960/03 de fecha 29 de setiembre de 2003, a efectos de contar con la participación de docentes de la Escuela Superior de la Construcción "Ing. Cayetano Carcavallo", en el área técnico profesional, quienes tendrán a su cargo la planificación didáctico pedagógica de dicha actividad, así como la capacitación y supervisión de los participantes en la ejecución de las obras;
        3o.) que el Consejo de Educación Técnico Profesional realizó un llamado interno para la selección de los docentes, cuya nómina luce a fs. 5 de estas actuaciones, por lo que la División Relaciones Internacionales y Cooperación solicita la contratación zafral de los 3 (tres) docentes seleccionados, para desempeñarse en la "Escuela Taller" del mencionado Proyecto, por los plazos que van del 17 de noviembre al 31 de diciembre de 2003, y del 12 de enero al 15 de mayo de 2004, con una carga horaria de 30 (treinta) horas semanales, con régimen de sexto día y una remuneración equivalente al Grado SIR 10;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales estima procedente dictar resolución, contratando a los ciudadanos seleccionados en las condiciones mencionadas;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Contratar, por los plazos que van del 17 de noviembre al 31 de diciembre de 2003 y del 12 de enero al 15 de mayo de 2004, en calidad de docente zafral, para desempeñarse en la "Escuela Taller" del Proyecto "Ciudad Vieja Renueva", en el área de Construcción, al ciudadano Sr. Jorge Burguez, C.I. Nº 908.740, domiciliado en Aconcagua Nº 5051, con una carga horaria de 30 (treinta) horas semanales, con régimen de sexto día y una remuneración equivalente al Grado SIR 10.-
        2o.- Contratar, por los plazos que van del 17 de noviembre al 31 de diciembre de 2003 y del 12 de enero al 15 de mayo de 2004, en calidad de docente zafral, para desempeñarse en la "Escuela Taller" del Proyecto "Ciudad Vieja Renueva", en el área de Carpintería, al ciudadano Sr. Juan Gallesio, C.I. Nº 2.505.224, domiciliado en Alejandro Gallinal Nº 2135 apto. 10, con una carga horaria de 30 (treinta) horas semanales, con régimen de sexto día y una remuneración equivalente al Grado SIR 10.-
        3o.- Contratar, por los plazos que van del 17 de noviembre al 31 de diciembre de 2003 y del 12 de enero al 15 de mayo de 2004, en calidad de docente zafral, para desempeñarse en la "Escuela Taller" del Proyecto "Ciudad Vieja Renueva", en el área de Herrería, al ciudadano Sr. Daniel Codina, C.I. Nº 1.853.314, domiciliado en Avenida Lezica Nº 6567 apto. 13, con una carga horaria de 30 (treinta) horas semanales, con régimen de sexto día y una remuneración equivalente al Grado SIR 10.-
        4o.- Los ciudadanos citados deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. D. 33, Volumen III del Digesto Municipal.-
        5o.- La erogación resultante será atendida con cargo a los Rubros, Sub-rubros y Renglones que corresponda, según tabla de equivalencias con los Códigos de Liquidación de Haberes.-
        6o.- Comuníquese los Departamentos de Recursos Financieros y Desarrollo Económico e Integración Regional; a la División Relaciones Internacionales y Cooperación; a las Unidades Auditoría de Personal y Empleos; a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos y Liquidación de Haberes; y previa intervención de la Contaduría General, vuelva al Departamento de Recursos Humanos y Materiales para la notificación a los interesados a través del Servicio Central de Inspección General; cumplido, pase al Servicio de Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-