Resolución N° 6010/04
Nro de Expediente:
4401-001371-04
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
10/12/2004


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se aprueba el texto del Convenio a suscribir entre esta Intendencia Municipal y la Universidad de la República, con el objetivo general de facilitar una mayor articulación y coordinación entre las acciones desarrolladas por la I.M.M en materia ambiental y el trabajo de la Red Temática de Medio Ambiente de Montevideo - Agenda 21 Local.-

Montevideo, 10 de Diciembre de 2004.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la propuesta de convenio que a iniciativa del Grupo de Educación Ambiental del Departamento de Desarrollo Ambiental, suscribirá esta Intendencia Municipal con la Red Temática de Medio Ambiente de la Universidad de la República, con el objetivo general de facilitar una mayor articulación y coordinación entre las acciones desarrolladas por la I.M.M., en materia ambiental, y el trabajo de la Red en el marco de los acuerdos plasmados en la Agenda Ambiental de Montevideo - Agenda 21 Local-;
          RESULTANDO: 1o.) que el 8 de diciembre del año en curso, el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, remite las actuaciones destacando que el referido convenio ya fue acordado con la Secretaria General, en virtud de lo cual solicita la resolución correspondiente a los efectos de firmar el referido documento, el día 16 de diciembre en el marco del Gabinete Ambiental Municipal;
          2o.) que de fojas 2 a 4 luce el texto del proyecto de convenio cuya autorización se solicita;
          CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.-Aprobar el texto del Convenio a suscribir entre esta Intendencia Municipal y la Universidad de la República, cuyo objetivo general es facilitar una mayor articulación y coordinación entre las acciones desarrolladas por esta Intendencia Municipal en materia ambiental y el trabajo de la Red Temática de Medio Ambiente de la Universidad de la República, de acuerdo con las siguientes cláusulas:
          CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los días del mes de del año dos mil cuatro, comparecen POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo en adelante denominada I.M.M., representada en este acto por , con domicilio en la Avenida 18 de Julio No. 1360, y POR OTRA PARTE: La Universidad de la República, en adelante denominada UDELAR, representada por , con domicilio en , acuerdan en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I) La I.M.M. y la Universidad celebraron en el mes de julio del año 1993, un Convenio Marco de Cooperación con el objetivo fundamental de regular las acciones que ambas Instituciones desarrollan en conjunto. II) En el año 1995, en la I.M.M. se crea el Departamento de Desarrollo Ambiental, el que tiene entre sus competencias estudiar, proyectar, dirigir y controlar todo lo relativo a temas ambientales. III) En el año 1997, en la I.M.M se crea el Grupo de Educación Ambiental, dependiente del Departamento de Desarrollo Ambiental, con competencias en materia de educación ambiental, participación ciudadana y manejo de la información asociada a la gestión municipal. IV) En el año 2000, en la UDELAR se crea la Red Temática de Medio Ambiente, nucleando Unidades Académicas que trabajan en torno a la temática ambiental. V) Por Resolución No. 1888/00, de 1 de junio de 2000, el señor Intendente Municipal creó el Grupo Ambiental de Montevideo (GAM), convocando para su integración a diversas Instituciones, entre las que se encuentra la UDELAR a través de la Red Temática de Medio Ambiente. VI) La Red Temática de Medio Ambiente participó activamente en la Agenda Ambiental de Montevideo, el Informe Ambiental 2003, así como en varias acciones impulsadas por la I.M.M y desarrolladas por el GAM. VII) Por Resolución No. 196/03/6300, de 29 de julio de 2003, el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental creó el "Grupo de Apoyo" a la Coordinación de la Gestión Ambiental Municipal, con el cometido fundamental de apoyar y facilitar la coordinación entre las diferentes dependencias municipales con áreas de Gestión Ambiental a su cargo. VIII) En el año 2004, a partir de un Acuerdo entre la I.M.M., el Programa de la Naciones Unidad para el Medio Ambiente (PNUMAA/ORPALC) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en Uruguay (PNUD), se conforma un Equipo de Trabajo para la elaboración de un Informe sobre el Estado Ambiental de la ciudad de Montevideo (GEO Montevideo), utilizando el enfoque y la metodología del proyecto e informes GEO Ciudades, el que cuenta con un delegado de la Red Temática de Medio Ambiente de la UDELAR. IX) En el marco de los trabajos del proyecto GEO Montevideo, se logró un acuerdo entre la I.M.M. y la Red Temática de Medio Ambiente de la UDELAR, para que docentes del área de educación de dicha Red, impartieran el curso "conceptos y prácticas sobre el ambiente montevideano", dirigido a vecinos de las comisiones zonales de medio ambiente.- SEGUNDO: OBJETIVO GENERAL: El presente Convenio tiene como objetivo general facilitar una mayor articulación y coordinación entre las acciones desarrolladas por la I.M.M. en materia ambiental, y el trabajo de la Red Temática de Medio Ambiente de la UDELAR, en el marco de los acuerdos plasmados en la Agenda Ambiental de Montevideo - Agenda 21 Local.- TERCERO: OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 1) Utilizar los acuerdos y compromisos plasmados en la Agenda Ambiental de Montevideo, como marco necesario y fundamental de los acuerdos entre ambas Instituciones. 2) Facilitar una mayor articulación entre los Convenios ya existentes entre dependencias de la I.M.M. y de la UDELAR en material ambiental. 3) Generar un espacio de intercambio entre la I.M.M. y la Red Temática de Medio Ambiente de la UDELAR, que posibilite adecuar las acciones emprendidas a las prioridades definidas por ambas Instituciones, teniendo como referencia los resultados del Informe GEO Montevideo y los lineamientos acordados en el ámbito del GAM. 4) Buscar los apoyos necesarios para implementar los acuerdos que permitan avanzar en la concreción de los objetivos definidos en las diversas instancias de trabajo e intercambio.- CUARTO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES: I) La I.M.M. a través del "Grupo de Apoyo" a la Coordinación de la Gestión Ambiental Municipal, se compromete a: 1) Generar un ámbito periódico de intercambio con la Red Temática de Medio Ambiente de la UDELAR, con el objetivo de analizar prioridades, definir acciones en conjunto y evaluar los distintos acuerdos en curso. 2) Facilitar a la Red Temática de Medio Ambiente de la UDELAR, la información disponible en materia de "estado del ambiente montevideano", así como de las acciones desarrolladas por la I.M.M.- 3) Analizar los recursos necesarios, tanto de la propia I.M.M. como eventuales proyectos con participación de organismos de cooperación, que posibiliten la concreción de las acciones acordadas. II) Por su parte, la UDELAR, a través de la Red Temática de Medio Ambiente, se obliga a: 1) Participar en un ámbito periódico de intercambio con el "Grupo de Apoyo" a la Coordinación de la Gestión Ambiental Municipal, del Departamento de Desarrollo Ambiental de la I.M.M., con el objetivo de analizar prioridades, definir acciones en conjunto y evaluar los distintos acuerdos en curso. 2) Facilitar a la I.M.M., el acceso a la información disponible en materia de "estado del ambiente montevideano", así como de los proyectos e investigaciones a cargo de diversos servicios de la UDELAR, por medio de la Red Temática de Medio Ambiente. 3) Analizar los recursos necesarios , tanto de la propia UDELAR, como de eventuales proyectos con participación de organismos de cooperación, que posibiliten la concreción de las acciones acordadas.- QUINTO: SEGUIMIENTO: El seguimiento del presente Convenio estará a cargo de una Comisión integrada por representantes de la I.M.M. ("Grupo de Apoyo" a la Coordinación de la Gestión Ambiental) y de la UDELAR (Red Temática de Medio Ambiente), la que deberá elaborar un Informe Anual acerca de los avances y dificultades constatados en la concreción de los objetivos planteados. SEXTO: VIGENCIA: El presente Convenio entrará a regir a partir de su firma, y extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año, siendo el mismo renovable automáticamente por períodos de igual duración, salvo decisión expresa en contrario adoptada por cualquiera de las Partes y comunicada a la otra por escrito por medio de notificación fehaciente con por lo menos treinta días de antelación a la fecha de finalización de vigencia del período respectivo.- SEPTIMO: RESCISIÓN: Este instrumento podrá rescindirse unilateralmente o de común acuerdo, siempre que exista comunicación por escrito y con antelación de un mes. La rescisión no alterará el desarrollo de las acciones que ya se hubieran acordado, o de programas o proyectos en curso de ejecución, los cuales continuarán hasta su total conclusión, salvo que expresamente se determine lo contrario..- OCTAVO: INTERPRETACIÓN: Las eventuales divergencias relativas a la interpretación, aplicación o ejecución de este Convenio, serán resueltas de común acuerdo, mediante consulta de las Partes.- NOVENO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación que deban realizarse las Partes, se tendrá por válidamente efectuada, si las mismas son hechas a los domicilios constituidos en este documento, por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización.- DECIMO: DOMICILIOS: A todos los efectos que pudiera dar lugar el presente Convenio, las Partes constituyen domicilios en los indicados como suyos en la comparecencia.- Para constancia. y como prueba de conformidad, se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
          2.- Comuníquese a la Universidad de la República, al Departamento de Desarrollo Ambiental, al Grupo de Educación Ambiental y pase al Servicio de Relaciones Públicas para la formalización del Convenio.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-