Resolución N° 44/06/3000
Nro de Expediente:
3220-015213-05
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
17/3/2006


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4,4970 a la empresa unipersonal Juan Alberto Venutti Andreoni, propietaria del establecimiento destinado a restaurante y bar, sito en la calle Bartolomé Mitre No. 1378, dado que no se procedió a levantar las observaciones efectuadas en informe profesional de fecha 13/X/05.-

Montevideo, 17 de Marzo de 2006.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a restaurante y bar, sito en la calle Bartolomé Mitre No. 1378, propiedad de la empresa unipersonal Juan Alberto Venutti Andreoni, R.U.C. 040266510018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, con fecha 25/X/05, intimó a la empresa titular de obrados a que procediera a levantar las observaciones efectuadas en informe profesional de fecha 13/X/05 (instalar separadores en gabinetes higiénicos, como se indica en gráficos), concediéndole a tales efectos un plazo de 30 (treinta) días, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se aplicaría una multa de U.R. 4,4970, de acuerdo a lo previsto en la Sección. XIII, Artículo 14, Numeral 2, Inciso a, del Decreto 21.626, de fecha 23/IV/84;
        2o.) que con fecha 23/II/06, se constató que la situación permanece incambiada, por lo que se sugiere la aplicación de la multa de referencia;
        3o.) que la Dirección Profesional de este Departamento se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades
        oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4,4970 (Unidades Reajustables cuatro con cuatro mil novecientas setenta diezmilésimas), a la empresa unipersonal Juan Alberto Venutti Andreoni, R.U.C. 040266510018, propietaria del establecimiento destinado a restaurante y bar, sito en la calle Bartolomé Mitre No. 1378, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos mencionados en la parte expositiva de la presente resolución. -
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar a la empresa infractora y librar testimonio y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 sus efectos.-

SR. WALTER CORTAZZO, Director General del Departamento de Descentralización.-