Resolución N° 111/02/3000
Nro de Expediente:
9590-001349-02 9593-002211-00- 9594-006117-00 9593-000900-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
28/1/2002


Tema:
LEVANTAMIENTO DE CLAUSURA

Resumen:
Levantar el impedimento por el término de 30 (treinta) días del establecimiento destinado a rotisería y autoservicio, sito en la calle Emilio Castelar S/N, Complejo Habitacional Euskalerría 71, Local 009, propiedad de la firma Verónica Mieres Vega.-

Montevideo, 28 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 86/02/3000, de fecha 21/I/02, se dispuso clausurar y aplicar siete multas al establecimiento destinado a rotisería y autoservicio, sito en la calle Emilio Castelar S/N, Complejo Habitacional Euskalerría 71, Loc. 009, ( Malvín Norte), propiedad de la firma Verónica Mieres Vega, R.U.C. 213700470012, por constatarse varias irregularidades;
        RESULTANDO: que la División Salud y Programas Sociales, con fecha 25/I/02, sugiere se proceda a rehabilitar el local, condicionado a que en un plazo de 30 (treinta) días efectúe los cambios solicitados y al pago de las multas impuestas;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nro. 2469/00 literal F) de fecha 17 de julio de 2000, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de impedir el funcionamiento a establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Levantar el impedimento para funcionar por el término de 30 (treinta) días, del establecimiento destinado a rotisería y autoservicio, sito en la calle Emilio Castelar S/N, Complejo Euskalerría 71, Loc. 009 (Malvín Norte), propiedad de la firma Verónica Mieres, R.U.C. 213700470012, condicionado a que en dicho plazo se ajuste el funcionamiento del mismo a condiciones reglamentarias y al pago de las multas impuestas.-
        2.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Jefatura de Policía de Montevideo; División Espacios Públicos y Edificaciones; Servicio de Contralor de Edificaciones; Central de Inspección General (Unidad de Clausura) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a sus efectos.

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización .-