Resolución N° 5031/02
Nro de Expediente:
2500-008739-02
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
23/12/2002


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS RODANTES

Resumen:
Autorizar la transferencia del quiosco rodante ubicado en Cno. Pedro de Mendoza y Av. de las Instrucciones, a favor de la Sra. Elba Romero.

Montevideo, 23 de Diciembre de 2002.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la gestión presentada por el Sr. Ricardo Falcón, propietario del quiosco rodante ubicado en la calle Cno. Pedro de Mendoza s/n y Avenida de las Instrucciones;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma, solicita se autorice la transferencia del permiso para la explotación del referido quiosco rodante a favor de la Sra. Elba Romero;
        2o.) que motiva la referida solicitud que el titular no puede desempeñar la actividad comercial por razones de enfermedad;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución, otorgando el permiso precario y revocable, estableciendo las condiciones que regirán dicha transferencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar la transferencia del permiso para la explotación de un quiosco rodante ubicado en la calle Cno. Pedro de Mendoza s/n y Avenida de las Instrucciones, a favor de la Sra. ELBA ROMERO, C.I. Nº 1.099.701-7, con domicilio en la Avenida de las Instrucciones Nº 3194, de acuerdo a las siguientes condiciones:
        a) regirán para el permiso de que trata, lo dispuesto en Capítulo II, Sección I "De los Quioscos"- del Volumen X, del Digesto Municipal;
        b) la permisaria deberá abonar:
        cuota mensual...............U.R. 3.-
        cuota anual...................U.R. 6.-
        depósito de garantía......U.R. 18.-
        Los derechos por concepto de transferencia, que se sitúan en U.R. 30 (treinta Unidades Reajustables) se abonarán en 6 (seis) cuotas iguales y consecutivas.
        c) el permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar y rechazar el traspaso.
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para su conocimiento, de la División Salud y Programas Sociales y del Servicio Centro Comunal Zonal respectivo; a la División Tránsito y Transporte; al Servicio Central de Inspección General y pase a la División Promoción Económica para notificación de los interesados y demás efectos.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-