Resolución N° 1577/25
Nro de Expediente:
2025-5022-98-000004
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
21/04/2025


Tema:
VARIOS

Resumen:
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO - COOPERATIVAS PLANTAS DE CLASIFICACIÓN - UCRUS/PIT-CNT.-

Montevideo, 21 de Abril de 2025.-
 

                VISTO: las actuaciones promovidas por el Departamento de Desarrollo Social a los efectos de establecer las bases y condiciones de un futuro convenio, relativo a la gestión de residuos valorizables y el sistema de captación y recuperación de envases no retornables y materiales de envasado, con el fin de apoyar las metas de recuperación y cumplir con los cometidos que la normativa establece, a través de las cooperativas de trabajo en las plantas de clasificación gestionadas por las Cooperativas de Clasificadores/as, Planta Durán, Cooperativa La Paloma, Cooperativa Burgues y Coopertiva Planta Géminis;

                RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nro. 0863/24 de fecha 19 de febrero de 2024 se aprobó el texto del convenio preliminar suscripto en igual fecha entre ASINUR S.A. y esta Intendencia a los efectos de establecer nuevas bases y condiciones para el cumplimiento de metas y definir roles y obligaciones para el Fideicomiso Plan de Gestión de Envases (PGE) y esta Administración;

2o.) que la definición de metas de recuperación de envases establecidas por el Ministerio de Ambiente son mayores de lo que hoy se procesa;

3o.) que el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos establece, entre otros aspectos el fortalecimiento de la competitividad de emprendimientos asociativos o empresariales liderados e integrados por personas clasificadoras, y asimismo propone el desarrollo de un programa nacional de promoción de la incorporación de las mismas al Registro Nacional de Clasificadores/as como proveedores de servicios de gestión de residuos de los gobiernos departamentales que incluya mecanismos de empleo protegido;

4o.) que con fecha 11 de setiembre del 2012 organizaciones de la sociedad civil instalaron cuatro (4) plantas de clasificación, pasando en el año 2020 a ser administradas por cuatro cooperativas con asistencia del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) y el Instituto Nacional del Cooperativismo (INACOOP) para capacitación y apoyo técnico inicial;

5o.) que esta Intendencia, en el actual período de administración, ha definido en su planificación estratégica lineamientos de trabajo específicos: el ambiente, el empleo y la vulnerabilidad social; y dentro de sus objetivos transversales la sostenibilidad, innovación y participación;

6o.) que asimismo los Departamentos de Desarrollo Ambiental y Social definieron en sus líneas específicas de trabajo la inclusión ambiental, social y laboral de clasificadores/as;

7o.) que por Resolución N° 271/021 y su modificativa de fecha 12 de diciembre de 2024, el Ministerio de Ambiente estableció metas de recuperación de envases ampliando el alcance de lo establecido en el Decreto N° 260/007, estableciendo para el 31 de diciembre del 2026 alcanzar el 30% (treinta por ciento) de valorización en peso global de materiales con una valorización mínima del 20% (veinte por ciento) por material. Y al 31 de diciembre del 2027, alcanzar el 50% (cincuenta por ciento) de valorización en peso global de materiales, con una valorización mínima del 35% (treinta y cinco por ciento) por material;

8o.) que las empresas adheridas al PGE en conjunto con la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU) elaboraron un nuevo plan de gestión de residuos de envases y materiales de envasado, que fue aprobado por el Ministerio de Ambiente a través de las Resoluciones N° 563/2022 y Nº 667/2022, denominado "Plan Vale";

9o.) que en el referido convenio preliminar, esta Intendencia se comprometió a constituir un Fideicomiso de Administración para la Gestión de Residuos Valorizables (FIRV) y el Fideicomiso PGE a realizar un aporte destinado a gastos en inversiones como equipamiento de las plantas de clasificación (obra civil ya en curso a través del Programa "Montevideo se Adelanta"), trazabilidad y contabilización de materiales recogidos en las diferentes líneas de trabajo de la Intendencia de Montevideo, así como otras inversiones a definir, requeridas por el sistema de recuperación voluntaria del Fideicomiso PGE y por la estrategia de esta Intendencia. Asimismo gastos operativos en operación y mantenimiento de las plantas manuales, sensibilización, educación y comunicación de cercanía, entre otros; en trazabilidad, comunicación y gestión y en programas complementarios alineados a los objetivos del “Plan Vale”;

10o.) que asimismo establece en el punto 6.7: "El Fideicomiso PGE continuará asumiendo los costos asociados al servicio de clasificación de las cuatro cooperativas de trabajo que actualmente operan las plantas hasta la firma e implementación del convenio y la transferencia efectiva de los fondos por parte de Fideicomiso PGE al FIRV. Luego, la operación y mantenimiento de las plantas será pago directamente por el FIRV de conformidad con los contratos que oportunamente suscriba.";

11o.) que la Unión de Clasificadores de Residuos Urbanos Sólidos (UCRUS) y el Plenario Intersindical de Trabajadores – Convención Nacional de Trabajadores (PIT-CNT) promovieron gestiones ante esta Intendencia para procurar, previo a la firma de un contrato, la elaboración de un convenio marco que salvaguarde derechos laborales y sindicales de los/as clasificadores/as integrados/as como cooperativistas, así como su autonomía y eventuales derechos adquiridos por las cooperativas;

12o.) que la Intendencia de Montevideo reconoce el camino emprendido por los/as clasificadores/as reflejado, entre otros aspectos, en su experiencia de gestión y valorización de materiales reciclables, en la consolidación de un modelo de gestión cooperativo, en la incorporación de nuevos equipamientos y líneas de trabajo, de proyectos vinculados a la gestión integral de residuos (circuito limpio, servicio como gestores de residuos comerciales, educación ambiental, iniciativas para el tratamiento de los materiales reciclables, entre otros);

13o.) que ante la manifestación por parte de las cooperativas de clasificadores/as Planta Durán, Cooperativa La Paloma, Cooperativa Burgues y Cooperativa Planta Géminis de acordar con esta Intendencia, un compromiso general sobre algunos aspectos, facilitador de entendimientos para la firma de un nuevo convenio, resulta conveniente el dictado de un acto administrativo por parte de la misma;

CONSIDERANDO: 1o.) lo previsto en la Ley No. 17.849 que dispone que la gestión de envases es responsabilidad de fabricantes e importadores de productos envasados y que su decreto reglamentario Nro. 260/007 incorporó la dimensión social a los planes de gestión de envases, debiendo estos contribuir a la inclusión social de los/as clasificadores/as;

2o.) que la Ley N° 19.829 define a los residuos de envases y embalajes y otros residuos plásticos, establece responsabilidades en su gestión y gravámenes a envases, embalajes y otros residuos plásticos. Que asimismo determina responsabilidades, competencias departamentales en el transporte para el reciclado u otras formas de valorización, tratamiento y disposición final; acciones que prioricen la inclusión social de los/as clasificadores/as;

3o.) que el Departamento de Desarrollo Social manifiesta su conformidad;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Reconocer y promover el sistema cooperativo en la clasificación de residuos y su autonomía como un principio fundamental para el empoderamiento, el fomento de iniciativas, la creatividad, la innovación y la responsabilidad frente a proyectos.-

2.- Contratar servicios para el reciclaje de los residuos y establecer las condiciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos referidos a las metas de recuperación del material clasificado, así como las planteadas respecto de los procesos de inclusión social, laboral y ambiental de los/as clasificadores/ras a los que refiere la normativa e implementar mecanismos de supervisión y control que garanticen el cumplimiento de las normas y los acuerdos correspondientes.-

3.- Recepcionar, evaluar y promover a través del Departamento de Desarrollo Social, aquellas iniciativas y proyectos que presenten las cooperativas de reciclaje, especialmente los vinculados a procesos sustentables de valorización de residuos, mejora de la calidad de los materiales a clasificar, proyectos de educación ambiental que promuevan la preclasificación, prestación de servicios, inversiones en equipamiento y maquinaria u otros referidos a la gestión integral de los residuos, priorizando aquellos que favorezcan el cumplimiento de las metas de recuperación de envases, que permitan a las referidas cooperativas asegurar su desarrollo socio- económico y fortalecerse como agentes ambientales y referentes en el logro de las metas de recuperación de envases.-

4.- Crear una comisión de trabajo integrada por representantes de esta Intendencia y referentes de las cuatro cooperativas de clasificación mencionadas, con el fin de elaborar y firmar dentro del período de la presente administración, los términos del contrato entre las partes, quedando su inicio supeditado al cumplimiento de los compromisos asumidos en el "Convenio Preliminar" entre ASINUR S.A. y la Intendencia de Montevideo, suscrito el 19 de febrero del 2024, sin perjuicio de futuros acuerdos entre las partes.-

5.- Disponer que la comisión de trabajo que se crea por el numeral anterior, tendrá el cometido de acordar pautas de gestión y procedimientos que aseguren la constante mejora en la consecución de las metas de recuperación de envases y su relación directa con las posibilidades de desarrollo y crecimiento socio-económico de las cooperativas. Se considerarán como insumos para el trabajo de la referida comisión las propuestas anteriormente formuladas por la Intendencia y las cuatro cooperativas, estableciéndose como plazo para el primer informe de avance el día 30 de mayo del 2025 y para la presentación del informe final el día 20 de junio del 2025.-

6.- Habilitar a la comisión de trabajo que se crea por la presente, el cometido de elaborar propuestas que puedan implicar el traslado de compromisos y/o responsabilidades de trabajo a las cooperativas, así como la cuantificación de costos de inversión y de funcionamiento de éstas. De la misma manera se aplicará a los eventuales derechos adquiridos que ello pueda importar.-

7.- Solicitar por escrito a las Cooperativas Planta Durán, Cooperativa La Paloma, Cooperativa Burgues y Cooperativa Planta Géminis la designación de sus representantes para la integración de la comisión de trabajo.-

8.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Social a los mismos efectos que el numeral anterior y a todos los Departamentos, a la Junta Departamental de Montevideo y a todos los Municipios para conocimiento.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

PABLO NAZARENO BARRONE BARBOZA, SECRETARIO GENERAL.-