Resolución N° 3912/10
Nro de Expediente:
6611-000340-09
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
30/8/2010


Tema:
PROMULGACION DE DECRETOS

Resumen:
Decreto No. 33.493; se derogan los artículos contenidos en el Título II del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto, en la redacción dada por el artículo 1o. del Decreto No. 27.235, de 30/9/1996, con excepción de los artículos: D.974 a D.974.3, D.1091.1 a D.1091.8, D. 1467 y D.1469 a D.1471.3, los que mantendrán su vigencia y con la redacción que se indica.-

Montevideo, 30 de Agosto de 2010.-
 
        VISTO: el Decreto Nº 33.493 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 19 de agosto de 2010, y recibido por este Ejecutivo el 24/8/10, por el cual, de conformidad con la Resolución Nº 3248/10, de 19/7/10, se derogan los artículos contenidos en el Título II del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto, en la redacción dada por el artículo 1o. del Decreto No. 27.235, de 30/9/1996, con excepción de los siguientes artículos: D.974 a D.974.3, D.1091.1 a D.1091.8, D. 1467 y D.1469 a D.1471.3, los que mantendrán su vigencia; se incorpora el artículo D.902.1 al Título I del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo D.902.1. Facúltase a la Intendencia de Montevideo a aplicar el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y reglamentarias que al respecto el/la Intendente/a disponga";
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        Promúlgase el Decreto Nº 33.493, sancionado el 19 de agosto de 2010; publíquese; comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Información y Comunicación, Salud, al Servicio de Regulación Alimentaria, al Equipo Técnico Digesto y Normas y pase, por su orden, al Sector Despacho -para su desglose e incorporación al Registro correspondiente- y a la División Asesoría Jurídica a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-