Resolución N° 24/11/0113
Nro de Expediente:
3380-004883-10
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/2/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicación de multa Tapes Nº 1042, firma Nautica S.A Ruc 211066400013

Montevideo, 24 de Febrero de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Café y Bar, sito en la calle Tapes No.1042, propiedad de la empresa Nautica S.A., R.U.T. 211066400013, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 16 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (Contralor de la Edificación e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y de la Dirección Nacional de Bomberos b) solicita imponer una multa de U.R.3.2388 y otra de U.R. 4.9470, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; 2º.) que el Concejo Municipal- Municipio C manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trecientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) a la empresa Nautica S.A., R.U.T. 211066400013, propietario del establecimiento

      destinado a Café y Bar sito en la calle Tapes No.1042, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes. y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.16.-para notificar a la firma infractora
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Enrique Olivera,Concejal Municipal