Resolución N° 124/22/0113
Nro de Expediente:
2022-3370-98-000196
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/8/2022


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a la firma SEVERI Y GIMENEZ RUT: 216061080011 por falta de habilitaciones. Expediente 2022-3370-98-000196

Montevideo, 3 de Agosto de 2022.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Gomería, sito en la calle Bvar. Batlle y Ordoñez Nº4495, propiedad de la firma SEVERI Y GIMENEZ RUT: 216061080011, perteneciente al Sr. Paul Christian Severi Gimenez con C.I.4.006.449-8, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 15 informa que el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas - SIME) solicita imponer una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2019-3370-98-000370, se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
      2º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      3º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a la firma SEVERI Y GIMENEZ RUT: 216061080011, perteneciente al Sr. Paul Christian Severi Gimenez con C.I.4.006.449-8, propietario del establecimiento destinado a Gomería sito en la calle Bvar. Batlle y Ordoñez Nº4495, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.15 para notificar a la firma infractora.
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala