Resolución N° 106/25/0113 | Nro de Expediente:
2021-3380-98-000477.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
7/5/2025 |
Tema:
MULTAS VEREDAS
Resumen:
Aplicar una multa de U.R 5 a Sras. Raquel Cristina Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.323.156-9, Stella Maris Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.323.240-0, y María Virginia Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.648.033-5, responsables de la vereda frentista al predio sito en Avda. Agraciada Nº 2351 empadronado con el Nº 10.021.-
Montevideo, 7 de Mayo de 2025.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento de la vereda frentista al predio sito Avda. Agraciada Nº 2351 empadronado con el Nº 10.021, responsabilidad de las Sras. Raquel Cristina Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.323.156-9, Stella Maris Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.323.240-0, y María Virginia Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.648.033-5, con domicilio a los efectos legales en Avda. Agraciada Nº 2351, Volteadores Nº 1665 Apto 27 y Avda. Gral. Rivera Nº 5481 Apto 201 respectivamente;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 se constató la falta de mantenimiento de la vereda frentista al padrón motivo de obrados, intimando a las titulares a dar inicio al permiso de construcción ó reconstrucción de la vereda del predio bajo apercibimiento en caso de omisión de las sanciones correspondientes;
2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, dicho Servicio solicita la aplicación de una multa de U.R 5 (unidades reajustables cinco ), al titular de marras, por infracción a lo previsto en el Volumen VII, Obras, Título II, de las veredas, Capítulo V, de las Sanciones, Artículo D.2213, Literal a);
CONSIDERANDO: 1º) que se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R 5 (unidades reajustables cinco ) a Sras. Raquel Cristina Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.323.156-9, Stella Maris Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.323.240-0, y María Virginia Raposo Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.648.033-5, con domicilio a los efectos legales en Avda. Agraciada Nº 2351, Volteadores Nº 1665 Apto 27 y Avda. Gral. Rivera Nº 5481 Apto 201 respectivamente, responsables de la vereda frentista al predio sito en Avda. Agraciada Nº 2351 empadronado con el Nº 10.021, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 a los efectos estime pertinentes.-
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Mónica Amado.-,Alcaldesa.- .-
Margarita Castro.- ,Concejala.- |  |
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