Resolución N° 319/12/0113
Nro de Expediente:
3240-008992-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2012


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 14.841 a la Firma CASA PABLO VESTIMENTA S.A., RUT: 216812910019, establecimiento destinado a venta de ropa mayorista y minorista, sito en la calle Arenal Grande Nº 2413 Bis (PRIEMERA REINCIDENCIA)

Montevideo, 11 de Setiembre de 2012.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de ropa mayorista y minorista, sito en la calle Arenal Grande Nº 2413 Bis, propiedad de la firma CASA PABLO VESTIMENTA S.A., RUT: 216812910019, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 101/12/0113 de fecha 13/IV/2012), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Dirección Nacional de Bomberos (DNB), (Primera Reincidencia);
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.14.841, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 14.841 (Unidades Reajustables catorce con ochocientos cuarenta y uno milísemas) propiedad de la Firma CASA PABLO VESTIMENTA S.A., RUT: 216812910019, responsable del establecimiento destinado a venta de ropa mayorista y minorista, sito en la calle Arenal Grande Nº 2413 Bis, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
    3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal