Resolución N° 278/19/0113
Nro de Expediente:
2018-3370-98-000257.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/10/2019


Tema:
VARIOS

Resumen:
No hacer lugar a los recursos de reposición y apelación interpuestos por el Sr. Heber Vera Alonso, CI: 948.306-9, contra la resolución Nº 169/19/0113 de fecha 24 de julio de 2019. Expediente: 2018-3370-98-000257.-

Montevideo, 16 de Octubre de 2019.-
 
      VISTO: los recursos de reposición y apelación presentados por el Sr. Heber Vera Alonso, CI: 948.306-9, contra la resolución Nº 169/19/0113 de fecha 24 de julio de 2019, la cual se dispone sancionar con una multa de UR 20 (Unidades reajustables veinte) al Sr. Heber Vera Alonso, responsable de la vivienda sita en la calle Avda. Millan Nº 3641, por no haber dado cumplimiento con lo intimado en reiteradas inspecciones técnicas, con el fin de dar solución al pasaje de humedad a la finca sita en Avda. 19 de abril Nº 1283;
      RESULTANDO: 1º) que el Sr. Heber Vera Alonso, CI: 948.306-9, presentó ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, un recurso de reposición y apelación;
      2º) que desde el punto de vista sustancial, la Asesora Jurídica de este municipio manifiesta que los agravios esgrimidos por la parte reclamante no son de recibo, ajustándose a derecho los actos administrativos atacados ;
      3º) Que, agrega, la Administración está obligada a resolver expresamente los recursos, conforme con los arts. 318 de la Constitución y 6º de la Ley Nº 15.869 en la redacción que le diera el art. 41 de la Ley Nº 17.292 ;
      4º) Que, por tanto, concluye, que debería el Gobierno Municipal dictar Resolución, desestimando los recursos de reposición y, en su mérito, franquear los de apelación ante el Intendente;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 9 de octubre de 2019, resuelve no hacer lugar al recurso de reposición;
      2º) Que se estima pertinente proveer de conformidad con lo informado;
      3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el Sr. Heber Vera Alonso, CI: 948.306-9.-
      2.- Franquear el respectivo recurso de apelación ante el Intendente.-
      3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, y pase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Jorge Cabrera,Concejal