Resolución N° 290/11/0113
Nro de Expediente:
3240-009233-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Bazar y Juguetería, sito en Arenal Grande No. 2429, propiedad de la Firma NARIVA S.A., RUT: 215048050017, UR 14.841 ( Primera Reincidencia)

Montevideo, 24 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Bazar y Juguetería, sito en Arenal Grande No. 2429, propiedad de la Firma NARIVA S.A., RUT: 215048050017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 142/10/3000 de fecha 05/II/2010), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Dirección Nacional de Bomberos (DNB); (Primera Reincidencia)
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 14.841, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14.841 (Unidades Reajustables catorce con ochocientos cuarenta y uno diezmilísemas), a la Firma NARIVA S.A., RUT: 215048050017, propietario del establecimiento destinado a Bazar y Juguetería, sito en Arenal Grande No. 2429, con igual domicilio a los efectos legales, por los
        motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 3 para notificación a la empresa infractora.-
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

HORACIO PEREZ,Concejal Municipal