Resolución N° 3/11/0113
Nro de Expediente:
3240-006412-10
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/2/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicación de multas por falta de habilitaciones, Blandengues 1722

Montevideo, 1 de Febrero de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito y reparación de electrodomésticos, sito en la calle Blandengues No.1722, propiedad de la empresa GAYSDEBO S.A., R.U.T. 216028090011 con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (Contralor de la Edificación e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y de la Dirección Nacional de Bomberos b) solicita imponer una multa de U.R.9.7164 y otra de U.R. 14.8410, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; 2º.) que el Concejo Municipal- Municipio C manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R. 14.8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatrocientos diez diezmilésimas) a la empresa GAYSDEBO S.A., R.U.T. 216028090011, propietaria del establecimiento destinado a depósito y reparación de electrodomésticos sito en la calle Blandengues No.1722, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 3.-para notificar a la firma infractora
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Peréz,Concejal Municipal