Resolución N° 224/11/0113
Nro de Expediente:
3240-006866-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/8/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Martín C. Martínez No. 2823, propiedad de la empresa de Grappiolo y CIA S.A., R.U.T. 210343160013, multa de U.R.9,7164 y otra de U.R.14,841.-

Montevideo, 19 de Agosto de 2011.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Martín C. Martínez No. 2823, propiedad de la empresa de Grappiolo y CIA S.A., R.U.T. 210343160013;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes , Habilitación de Municipal y Dirección Nacional de Bomberos y b) solicita imponer una multa de U.R.9,7164 y otra de U.R.14,841, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84; (Primera Reincidencia)
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9,7164 (unidades reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R.14,841 (unidades reajustables catorce con ocho ciento cuarenta y uno diezmilésimas) a la empresa Grappiolo y CIA S.A., R.U.T. 210343160013, propietaria del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Martín C. Martínez No. 2823, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada
      dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 3.-para notificar a la firma infractora
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Perez,Concejal Municipal