Resolución N° 211/24/0113
Nro de Expediente:
2016-3240-98-000941.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/8/2024


Tema:
MULTAS VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 y otra multa de U.R. 5 al Sr. Luis Ripa titular de la Cédula de Identidad Nº 1.038.527-4, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 82.426 sito en Av. Gral. San Martín Nº 3030.-

Montevideo, 21 de Agosto de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado y falta de mantenimiento de la vereda frentista al Padrón Nº 82.426 sito en Av. Gral. San Martín Nº 3030, propiedad del Sr. Luis Ripa titular de la Cédula de Identidad Nº 1.038.527-4, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 intimó al titular de obrados a la reparación de la vereda bajo apercibimiento, en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
    2º) que pese a las intimaciones realizadas, en inspección se constató la omisión a lo intimado;
    3º) que por lo expuesto, el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 informa que la sanción que corresponde aplicar es una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) y otra multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco), por transgredir lo previsto en el Digesto Departamental Volumen VII Obras, Título II de las Veredas, Capítulo V de las sanciones, Artículo D.2213 Literales a) y e);
    CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 14 de agosto de 2024 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
    2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    3º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) y otra multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) al Sr. Luis Ripa titular de la Cédula de Identidad Nº 1.038.527-4, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 82.426 sito en Av. Gral. San Martín Nº 3030, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expuestos en la presente Resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera.-,Alcalde.- .-

Margarita Castro.- ,Concejala.-