Resolución N°
22/11/0113
Nro de Expediente:
3380-003586-10
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24
/
2
/
2011
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicación de multa Eduardo Carbajal 2834
Montevideo,
24
de
Febrero
de
2011
.-
VISTO:
las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito y venta de productos Agro-Químicos, sito en la calle Eduardo Carbajal No.2834, propiedad de la empresa Agromil S.A., R.U.T. 213118760011 con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO:
1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 16 informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (Contralor de la Edificación e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) solicita imponer una multa de U.R.9.7164, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
2º.) que el Concejo Municipal- Municipio C manifiesta su conformidad;
CONSIDERANDO:
1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO MUNICIPAL C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R.9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil
ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) a la empresa GAYSDEBO S.A., R.U.T.
216028090011, propietaria del establecimiento destinado a depósito y reparación de electrodomésticos sito en la calle Blandengues No.1722, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.16.-para notificar a la firma infractora
Miriam Rodríguez
,
Alcaldesa
.-
Enrique Olivera
,
Concejal Municipal