Resolución N° 356/12/0113 | Nro de Expediente:
3240-011162-12 |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
14/9/2012 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS
Resumen:
Domingo Aramburú Nº 1813, responsabilidad de la firma R Y R LTDA., RUT:211788890016, multa de U.R.3.2388 y otra de U.R. 4.9470
Montevideo, 14 de Setiembre de 2012.- |
VISTO: estos obrados relacionados con cartel adosado a la fachada del establecimiento sito en la calle Domingo Aramburú Nº 1813, responsabilidad de la firma R Y R LTDA., RUT:211788890016, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del local (Declaración Jurada de Microempresa) y Dirección Nacional de Bomberos, por lo que se solicita aplicar una multa de U.R.3.2388 y otra de U.R. 4.9470, por infracción a lo establecido en el Decreto No. 21.626;
CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en Unidades Reajustables el monto de la multa que se aplica, por transgredir las ordenanzas Departamentales hasta el máximo legal vigente;
2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CRESUELVE 1.- Aplicar una multa de U.R.3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) a la firma R Y R LTDA., RUT:211788890016, responsable del establecimiento, sito en la calle Domingo Aramburú Nº 1813, con igual domicilio a los efectos legales; por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 3.-
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Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-
Horacio Pérez,Concejal | |
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