Resolución N° 294/11/0113
Nro de Expediente:
3370-005765-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Taller de Chapa y Pintura, sito en Burgues No.3231, propiedad del señor Carlos Alberto, C.I.: 3.543.068-6, multa U.R. 4,8582 y otra de U.R. 4,9470

Montevideo, 24 de Octubre de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Taller de Chapa y Pintura, sito en Burgues No.3231, propiedad del señor Carlos Alberto Claro, C.I.: 3.543.068-6, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones No. 175/11/0113 de fecha 08/VIII/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Servicio de Contralor de la Edificación - Sec. Locales Industriales), Primera Reincidencia, asimismo se constata en inspección realizada con fecha 13/IX/2011, que carecía de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos ;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa U.R. 4,8582 y otra de U.R. 4,9470 a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 4,8582 (Unidades Reajustables cuatro con ocho mil quinientos ochenta y dos diezmilésimas) y otra de U.R. 4,9470 (Unidades

      Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) al señor Carlos Alberto Claro, C.I.: 3.543.068-6, propietario del establecimiento destinado a Taller de Chapa y Pintura, sito en Burgues No.3231, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 15, para notificación a la empresa infractora.-
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

HORACIO PEREZ,Concejal Municipal