Resolución N° 263/11/0113
Nro de Expediente:
3240-011827-07
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/9/2011


Tema:
Multas

Resumen:
Bar, sito en la calle Guadalupe No. 1902, propiedad de la unipersonal Daniel Enrique Piriz, Ruc: 215262240018, CI: 1.688.925-4, UR 9, 8940

Montevideo, 26 de Setiembre de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Bar, sito en la calle Guadalupe No. 1902, propiedad de la unipersonal Daniel Enrique Piriz, Ruc: 215262240018, CI: 1.688.925-4, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada se pudo comprobar que no se había dado cumplimiento a lo intimado por el Técnico Inspector, eliminación de conexión del local con vivienda, de fecha 20/XII/2009;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.8940, al titular de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      El GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) a la unipersonal Daniel Enrique Piriz, Ruc: 215262240018, CI: 1.688.925-4, propietario del establecimiento destinado a Bar, sito en la calle Guadalupe No. 1902, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 para notificar a la firma infractora.-
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

HORACIO PEREZ,Concejal Municipal