Resolución N° 78/25/0113
Nro de Expediente:
2021-3380-98-000088.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/4/2025


Tema:
MULTAS VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 5 a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (A.S.S.E.), inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 214935520018, responsable de la vereda frentista al predio sito en Av. Millán Nº 2515 empadronado con el Nº 54.699.-

Montevideo, 2 de Abril de 2025.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento de la vereda frentista al predio sito en Av. Millán Nº 2515 empadronado con el Nº 54.699, responsabilidad de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (A.S.S.E.), inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 214935520018, con domicilio a los efectos legales en Av. Millán Nº 2515 y en Av. Luis Alberto de Herrera Nº 3326;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 se constató la falta de mantenimiento de la vereda frentista al padrón motivo de obrados, intimando al organismo titular a dar inicio al permiso de construcción ó reconstrucción de la vereda del predio bajo apercibimiento en caso de omisión de las sanciones correspondientes;
2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, dicho Servicio solicita la aplicación de una multa de U.R 5 (unidades reajustables cinco), al titular de marras, por infracción a lo previsto en el Volumen VII, Obras, Título II, de las veredas, Capítulo V, de las Sanciones, Artículo D.2213, Literal a);
CONSIDERANDO: 1º) que se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R 5 (unidades reajustables cinco) a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (A.S.S.E.), inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 214935520018, con domicilio a los efectos legales en Av. Millán Nº 2515 y en Av. Luis Alberto de Herrera Nº 3326, responsable de la vereda frentista al predio sito en Av. Millán Nº 2515 empadronado con el Nº 54.699, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 a los efectos pertinentes.-
Mónica Amado.-,Alcaldesa.- .-

Margarita Castro.- ,Concejala.-