Resolución N° 305/14/0113
Nro de Expediente:
3370-005377-14
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/9/2014


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 GELIOSUR SA, RUT: 216261090010, fabrica de cortinas de enrrollar, Carmelo Nº 1420 PRIMERA REINCIDENICA

Montevideo, 24 de Setiembre de 2014.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a fabrica de cortinas de enrrollar, sito en la calle Carmelo Nº 1420, propiedad de la firma GELIOSUR SA, RUT: 216261090010, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanción aplicada (Resolución Nº 121/14/0113 de fecha 21/V/2014, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Dirección Nacional de Bomberos), Primera Reincidencia;
      2o) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.15, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma GELIOSUR SA, RUT: 216261090010, responsable del establecimiento destinado a fabrica de cortinas de enrrollar, sito en la calle Carmelo Nº 1420, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Nº 15 para la notificación a la empresa infractora y al Sector Despacho de este Municipio para librar el testimonio correspondiente.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal