Resolución N° 124/25/0113 | Nro de Expediente:
2025-3370-98-000144 |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
4/6/2025 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar a la firma SOLUCIÓN INDUSTRIAL LTDA., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 216613540017, sito en Mariano Soler Nº 3208 bis, una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación Departamental (Contralor de la Edificación -Locales Comerciales e Industriales); y otra multa de U.R.20 (Unidades Reajustables veinte) por falta de Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios.-
Montevideo, 4 de Junio de 2025.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito para insumos de la construcción, sito en Mariano Soler Nº 3208 bis, responsabilidad de la firma SOLUCIÓN INDUSTRIAL LTDA., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 216613540017, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 se pudo comprobar que carecía de Habilitación Departamental (Contralor de la Edificación -Locales Comerciales e Industriales) y Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios, intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que pese a los plazos concedidos y al incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, Literal a, Numeral 1 del Decreto Departamental Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; y otra multa de U.R.20 (Unidades Reajustables veinte) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 14 Numeral 1 del Decreto Departamental Nº 21.626 de fecha 23/IV/84, y en el Inciso III del Artículo 2 del Decreto Nº 35337 de la Junta Departamental respectivamente;
CONSIDERANDO:1º) que mediante expediente caratulado con el Nº 2024-3370-98-000373 se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 28 de mayo de 2025 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar a la firma SOLUCIÓN INDUSTRIAL LTDA., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 216613540017, responsable del establecimiento destinado a depósito para insumos de la construcción, sito en Mariano Soler Nº 3208 bis, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación Departamental (Contralor de la Edificación -Locales Comerciales e Industriales), y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local; y otra multa de U.R.20 (Unidades Reajustables veinte) por falta de Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 14 Numeral 1 del Decreto Departamental Nº 21.626 de fecha 23/IV/84, y en el Inciso III del Artículo 2 del Decreto Nº 35337 de la Junta Departamental respectivamente .-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase- por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 a los efectos estime pertinentes.- |
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Mónica Amado,Alcaldesa.-
Margarita Castro,Concejala |  |
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