Resolución N° 334/11/0113
Nro de Expediente:
3240-010527-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/12/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Venta de Ropa - mayor y menor, sito en la calle Arenal Grande Nº 2266, propiedad de Criben S.A, RUT: 216587820011

Montevideo, 6 de Diciembre de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Venta de Ropa - mayor y menor, sito en la calle Arenal Grande Nº 2266, propiedad de Criben S.A, RUT: 216587820011, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3, informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones- Permiso de Toldo) y de la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R.6.4776 y otra de U.R 9.8940, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setesientos setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) a Criben S.A, RUT: 216587820011, propietario del establecimiento destinado a Venta de Ropa - mayor y menor, sito en la calle Arenal Grande Nº 2266, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte

      expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.3-para notificar a la firma infractora.-
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

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