Resolución N° 216/14/0113
Nro de Expediente:
3120-000431-14
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/7/2014


Tema:
VARIOS

Resumen:
Autorizar el uso del local que forma parte del inmueble ubicado en la calle Uruguayana Nº 3836, a favor de la Secretaría de la Juventud de la Intendencia de Montevideo para el funcionamiento del denominado Centro Juvenil Capurro;

Montevideo, 23 de Julio de 2014.-
 
    VISTO: Las presentes actuaciones relacionadas con la cesión del uso de una parte del inmueble propiedad de la Intendencia de Montevideo, ubicado en la calle Uruguayana Nº 3836, a favor de la Secretaría de la Juventud de la Intendencia de Montevideo para el funcionamiento del denominado Centro Juvenil Capurro;
    RESULTANDO: I) que la administración del inmueble referido corresponde al Gobierno Municipal C, el que proyecta junto al Concejo Vecinal y Centro Comunal Zonal Nº 16, desarrollar en el mismo un ámbito para la realización de actividades sociales y culturales que redunden en un beneficio para la zona;
    II) que la Intendencia de Montevideo (a través de la Secretaría de la Juventud) y el INAU (Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay) suscribieron un convenio marco de cooperación que fuera aprobado por Resolución 1534/07 de fecha 8 de mayo del 2007, por el cual la primera se obligó a aportar locales para el funcionamiento de Centros Juveniles;
    III) que la Secretaria de la Juventud tiene interés en que el local que forma parte del inmueble referido, identificado como el Subsuelo, sea destinado al funcionamiento del denominado Centro Juvenil Capurro, ya que reúne las condiciones necesarias que requiere el INAU, para la instalación de Centros Juveniles;
    IV) que consultado el Asesor Jurídico de este Municipio entiende podría accederse a lo solicitado por la Secretaría de la Juventud para dar cumplimiento a lo convenido con el INAU, autorizando a tales efectos el uso del local mencionado para el destino requerido, correspondiendo no obstante fijar las condiciones y responsabilidades de dicha utilización;
    CONSIDERANDO: que el Concejo Municipal del Municipio C, es de opinión favorable a autorizar el uso del local solicitado para el destino proyectado, siempre que se regulen las condiciones de mantenimiento, conservación y devolución del mismo a la finalización de destino acordado.
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1º.-Autorizar el uso del local que forma parte del inmueble ubicado en la calle Uruguayana Nº 3836, que según informe técnico se identifica como “Subsuelo de 300 m2, ubicado en el Sector N.O. (Noroeste) del edificio", cuyo plano de ubicación se adjunta a fojas 18, 19 y 20 del expediente 3120-000431-14.-
    2º.- Fijar como destino exclusivo del uso autorizado, la instalación y funcionamiento en el referido local del denominado Centro Juvenil Capurro, en el marco de las obligaciones emergentes del convenio suscrito entre la Intendencia y el INAU aprobado por Resolución de la Intendencia 1534/07 de fecha 8 de mayo del 2007.-
    3º.- Establecer que la duración de la autorización de uso será mientras se mantenga el destino del local antes referido, esto es, el efectivo funcionamiento del Centro Juvenil y el cumplimiento de los objetivos proyectados.-
    4º.- Disponer que será de cargo de la Secretaría de la Juventud la obligación de mantener y conservar el local en buenas condiciones, especialmente las paredes y pisos de piedra y de realizar las reparaciones que sean necesarias como consecuencia de los deterioros provenientes del uso, debiendo en todo caso que se proyecte realizar obras o modificaciones a las existentes, consultar previamente con el Arquitecto del Centro Comunal Zonal Nº 16, el que instruirá sobre los materiales apropiados para su realización.-
    5º.- Disponer que será de cargo de la Secretaría de la Juventud el pago de los servicios públicos de agua y luz y el monto proporcional al espacio de otros gastos que se generen en común de todo el edificio.
    6º.- Establecer como obligación de la Secretaría de la Juventud devolver el local al Gobierno Municipal en buenas condiciones de conservación una vez que cese el funcionamiento del Centro Juvenil de referencia.-
    7º.- Condicionar la autorización de uso dispuesta a la notificación y aceptación por la Secretaría de la Juventud de las condiciones emergentes de la presente resolución.-
    8º.- Comuníquese a Secretaría General, Departamento de Desarrollo Social, División Políticas Sociales, Secretaría de la Juventud y Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, quien comunicara al Concejo Vecinal de la Zona 16.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal