Resolución N° 100/25/0113 | Nro de Expediente:
2023-3370-98-000168.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
7/5/2025 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar a la firma BIRRITA S.R.L., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219401530012, responsable del establecimiento sito en Avda. 19 de Abril Nº 1070, una multa de U.R. 15por falta de Habilitación Departamental.-
Montevideo, 7 de Mayo de 2025.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a bar/cervecería, sito en Avda. 19 de Abril Nº 1070, responsabilidad de la firma BIRRITA S.R.L., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219401530012, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 se pudo comprobar que carecía de Habilitación Departamental (Habilitación de Locales Comerciales e Industriales - Contralor de la Edificación y Regulación Alimentaria), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2º) que pese a los plazos concedidos y al incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince), a la firma motivo de obrados por infracción a lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, del Decreto Departamental Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que mediante expediente de marras se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 30 de mayo de 2025 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar a la firma BIRRITA S.R.L., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219401530012, responsable del establecimiento destinado a bar/cervecería, sito en Avda. 19 de Abril Nº 1070, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) por falta de Habilitación Departamental (Habilitación de Locales Comerciales e Industriales - Contralor de la Edificación y Regulación Alimentaria), y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase- por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 a los efectos pertinentes.- |
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Mónica Amado.-,Alcaldesa.- .-
Margarita Castro.- ,Concejala.- |  |
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