Resolución N° 28/17/0113
Nro de Expediente:
2016-3240-98-000487; 3240-016036-14.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/1/2017


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 18 a la firma unipersonal Lorena María Serra, CI: 4.808.138-7, RUT: 217392350014, sita en la calle Av. Gral Flores Nº 2602.-

Montevideo, 25 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de muebles y artículos de carpintería, sito en Av. Gral. Flores Nº 2602, propiedad de la firma unipersonal Lorena María Serra, CI: 4.808.138-7, con número de RUT: 217392350014, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no fueron levantadas las observaciones realizadas a fin de cumplir con los requerimientos para la habilitación comercial;
        2o) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 18 (Unidades Reajustables dieciocho), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 21 y Artículo 22 del Decreto Nº 21.626 de fecha 23/IV/84 (Primera Reincidencia);
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:

        1.-Aplicar una multa de UR 18 (Unidades Reajustables dieciocho)- (Primera Reincidencia)- a la firma unipersonal Lorena María Serra, CI: 4.808.138-7, con número de RUT: 217392350014, responsable del establecimiento destinado a venta de muebles y artículos de carpintería, sito en Av. Gral. Flores Nº 2602, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.-Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Carlos Curbelo,Concejal