Resolución N° 27/11/0113
Nro de Expediente:
3370-005479-10
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/3/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Taller mecánico, sito en la calle Ing. Manuel Rodríguez Correa No. 3994, propiedad del Sr. Milton Díaz, C.I. 1.802.835-1

Montevideo, 12 de Marzo de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Ing. Manuel Rodríguez Correa No. 3994, propiedad del Sr. Milton Díaz, C.I. 1.802.835-1, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 15, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Contralor de la Edificación) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que por Resolución No.402/10/3000 de fecha 22/IV/2010, del Departamento de Descentralización, le fueron aplicadas dos multas por no haber iniciado los trámites correspondientes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4.8582 y otra de U.R. 7.4205 respectivamente, al titular de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        El GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4.8582 (Unidades Reajustables cuatro con ocho mil quientas ochenta y dos diezmilésimas) y otra de U.R.7.4205 (Unidades Reajustables siete con cuatro mil doscientas cinco diezmilésimas) al Sr. Milton Díaz, C.I. 1.802.835-1, propietario del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Ing. Manuel Rodríguez Correa No. 3994, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 15 para notificar a la firma infractora.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Enrique Olivera,Concejal Municipal