Resolución N° 42/12/0113
Nro de Expediente:
3240-000731-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/2/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Agencia de Fletes, sito en la calle Ramón del Valle Inclan Nº 2482, propiedad del señor Henry Tabarez, RUT: 210613940016, CI: 1.452.838-9, una multa de U.R. 4.8582, y otra de U.R.7.4205, (Primera Reincidencia)

Montevideo, 9 de Febrero de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Agencia de Fletes, sito en la calle Ramón del Valle Inclan Nº 2482, propiedad del señor Henry Tabarez, RUT: 210613940016, CI: 1.452.838-9, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realiza por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución No 246/11/0113 de fecha 13/IX/2011), no se ha dado cumplimiento a lo intimado;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4.8582, y otra de U.R.7.4205, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84; (Primera Reincidencia)
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 4.8582 (Unidades Reajustables cuatro con ocho mil quinientos ochenta y dos diezmilésimas) y otra de U.R 7.4205 (Unidades Reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) al señor Henry

      Tabarez, RUT: 210613940016, CI: 1.452.838-9, propietario del establecimiento destinado a Agencia de Fletes, sito en la calle Ramón del Valle Inclan Nº 2482, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y para notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal No 3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal