Resolución N° 111/25/0113
Nro de Expediente:
2025-3240-98-000199
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/5/2025


Tema:
MULTA OCUPACION DE VEREDA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 a la empresa PILPER S.A.S., inscripta en el Resgistro Único Tributario con el Nº 219 568 980 011, por ocupación de vereda mediante instalación de estructura metálica (cerramiento) sin autorización en Avda. Agraciada Nº 2350 Padrón Nº 12.009.

Montevideo, 14 de Mayo de 2025.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de vereda mediante instalación de estructura metálica (cerramiento) sin autorización en Avda. Agraciada Nº 2350 Padrón Nº 12.009, responsabilidad de la empresa PILPER S.A.S., inscripta en el Resgistro Único Tributario con el Nº 219 568 980 011, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que ante lo constatado por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 solicita la aplicación de una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho) a la titular de obrados por transgredir lo previsto en el Decreto 2456 de la Junta Departamental de Montevideo y Sección 1, Artículo 2, Numeral 11 del Decreto Departamental Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) el Gobierno Municipal en sesión de fecha 07 de mayo de 2025 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
    2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    3º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho) a la empresa PILPER S.A.S., inscripta en el Resgistro Único Tributario con el Nº 219 568 980 011, por ocupación de vereda mediante instalación de estructura metálica (cerramiento) sin autorización en Avda. Agraciada Nº 2350 Padrón Nº 12.009, con igual domicilio a los efectos legales.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Margarita Castro.-,Alcaldesa (I).- .-

Elba Rodríguez.- ,Concejala.-