Resolución N° 43/13/0113
Nro de Expediente:
0013-008841-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/1/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la empresa DACRIMAR S.A., R.U.T. 214610500018, contra la Resolución Nº 496/12/0113 de fecha el 8 de noviembre de 2012.-

Montevideo, 30 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación, interpuestos por la empresa DACRIMAR S.A., R.U.T. 214610500018, contra la Resolución Nº 496/12/0113 dictada por el Gobierno Municipal C, el 8 de noviembre de 2012;
        RESULTANDO: que por dicho acto administrativo se aplican dos multas valoradas en unidades reajustables, por carecer de documentación que habilite el funcionarmiento del comercio;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Abogado Asesor, consultado al efecto, examinada la faz sustancial, concluye que no existe mérito para revocar la resolución atacada, por lo cual correspondería no hacer lugar al recurso de reposición y franquear el de apelación para ante la Sra. Intendenta;
        2o.) que se estima pertinente proveer en el sentido indicado;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la empresa DACRIMAR S.A., R.U.T. 214610500018, contra la Resolución Nº 496/12/0113 de fecha el 8 de noviembre de 2012.-
        2.- Franquear el recurso de apelación para ante la Sra. Intendenta.-
        3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No.3; y remítase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.-
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejala