Resolución N° 116/11/0113
Nro de Expediente:
0013-000069-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/6/2011


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
que por Resoluciones No. 33/11/0113, 34/11/0113 y 35/11/0113, de fecha 23/III/11, se dispuso, el contrato de donación modal con las ONGs "El Abrojo", Tacurú y Casa de la Mujer, para la Limpieza de Barrido de la Zona Nº 3;

Montevideo, 21 de Junio de 2011.-
 
        VISTO: que por Resoluciones No. 33/11/0113, 34/11/0113 y 35/11/0113, de fecha 23/III/11, se dispuso, el contrato de donación modal con las ONGs "El Abrojo", Sociedad San Francisco de Sales, a través del Movimiento Tacurú y Casa de la Mujer, para la Limpieza de Barrido de la Zona Nº 3;
        RESULTANDO: 1o.)que con fecha 08/VI/2011, el Tribunal de Cuentas de la República, observó el gasto por contravenir lo establecido en el Art. 34 del TOCAF y los Art. 1613 y 1615 del Código Civil;
        2o.) que el Asesor Esc. Aldo Long informa que para observaciones de igual naturaleza la Asesoría Jurídica ha dictaminado que: a) respecto al procedimiento "... el procedimiento aplicado para la aprobación del contrato de donación modal con las ONGs se enmarca en las disposiciones contenidas en el Art. 149 del Decreto No. 26949, que faculta a la Intendencia a celebrar convenios o contrataciones con Asociaciones, Instituciones Sociales u otras Organizaciones No Gubernamentales sin fines de lucro, a través de regímenes o procedimientos especiales, cuando las características del mercado o de los bienes o servicios requeridos lo hagan conveniente para la Administración;
        b) respecto a la donación modal "el contenido de los contratos que la Intendencia suscribe con distintas organizaciones sociales bajo la denominación de "donación modal" se ajusta a la naturaleza jurídica del contrato de donación. Tratándose de un instrumento jurídico que se utiliza con el fin de ejecutar las políticas sociales que



        lleva adelante la Administración, para lo cual ejerce un acto de liberalidad, pero que no se agota en una mera liberalidad, sino que requiere el cumplimiento de ciertas obligaciones -no equivalentes- a cargo de la institución beneficiaria o donataria, que constituye precisamente el modo y que suponen normalmente el desarrollo de programas de asistencia que contribuyen a la reinserción educativa, laboral y social de los destinatarios finales de tal liberalidad";
        CONSIDERANDO: lo) lo previsto en los Arts. 211o. inciso B) de la Constitución de la República y 97o. del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1. Reiterar el gasto de $ 2.508.145 (pesos uruguayos dos millones quinientos ocho mil ciento cuarenta y cinco), $2.762.230 (pesos uruguayo dos millones setecientos sesenta y dos mil doscientos treinta) y $ 2.508.145 (pesos uruguayos dos millones quinientos ocho mil ciento cuarenta y cinco), emergentes de las Resoluciones No. 33/11/0113, 34/11/0113 y 35/11/0113, de fecha 23/III/11, a favor de las ONGs, Sociedad San Francisco de Sales, a través del Movimiento Tacurú, El Abrojo y Casa de la Mujer de la Unión, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución, comunicándose al Tribunal de Cuentas.-
        2. Se dispone la reiteración del gasto de acuerdo con el informe, que se indica en el Resultando 2o.de la presente.-
        3. Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, y pase a la Contaduría General.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Perez,Concejal Municipal