Resolución N° 359/11/0113
Nro de Expediente:
3370-007605-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/12/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Fabrica de Artículos de Goma, sito en Pestalozzi Nº 3970, propiedad de la Firma Cocaucho S.A, RUT: 214831820015, multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R.14.8410

Montevideo, 27 de Diciembre de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Fábrica de Artículos de Goma, sito en Pestalozzi Nº 3970, propiedad de la Firma Cocaucho S.A, RUT: 214831820015, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 15, se pudo comprobar que carecía de las habilitación municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y Dirección Nacional de Bomberos intimándosele a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R.14.8410, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R.14.8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatro cientos diez diezmilésimas) a la firma Cocaucho S.A, RUT: 214831820015, responsable del establecimiento destinado

      a Fábrica de Artículos de Goma, sito en Pestalozzi Nº 3970, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.15-para notificar a la firma infractora
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

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