Resolución N° 4/11/0113
Nro de Expediente:
3240-005010-10
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/2/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicación de multa - falta de habilitaciones - Martín C. Martinez Nº 2823

Montevideo, 1 de Febrero de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Martín C. Martinez No. 2823, propiedad de la empresa de Grappiolo y CIA S.A., R.U.T. 210343160013;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes , Habilitación de Municipal y Dirección Nacional de Bomberos y b) solicita imponer una multa de U.R.6.4776 y otra de U.R.9.8940, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2o.) que el Concejo Municipal- Municipio C, manifiesta su conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL C
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (unidades reajustables seis con cuatro mil setecientos setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R.9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) a la empresa Grappiolo y CIA S.A., R.U.T. 210343160013, propietaria del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Martín C. Martinez No. 2823, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 3.-para notificar a la firma infractora
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Peréz,Concejal Municipal