Resolución N° 364/22/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-000678
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/9/2022


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en Av. 18 de Julio Nº 2343, Padrón Nº 21.441.

Montevideo, 28 de Setiembre de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sito en Av. 18 de Julio Nº 2343 bis, Unidad 001;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 04/08/2021 se realizó inspección en Av.18 de Julio Nº 2343 bis Unidad 001, constatando al ingreso del local en planta baja, un sector de cielorraso de placa de madera laminada aparentemente ocultando afectaciones alrededor del mismo; se observan manchas amarronadas con desprendimiento de pintura y revoques. Al otro lado de la pared divisoria con el local contiguo, se observa filtraciones que aparentemente provienen del muro. Asimismo, se ingresa a la unidad superior constatando a través de una banderola en el ducto contiguo al baño, escurrimiento de agua a través de una columna pluvial. Se observa desde la zona superior un caño de termofusión con goteo constante y se intimó a los copropietarios del inmueble sito en la Av. 18 de Julio Nº 2343, Padrón Nº 21.441, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 07/01/2022 se realizó nueva inspección en Av.18 de Julio Nº 2343 bis Unidad 001, constatando que la situación permanece incambiada, persisten los goteos y continúan gravemente afectadas las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada por lo que se intimó nuevamente a los copropietarios del inmueble Padrón Nº 21.441;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en Av. 18 de Julio Nº 2343, Padrón Nº 21.441, Unidad 001: sin más datos; Unidad 002: Teresa GUTIÉRREZ ESPINOSA, C.I. 3.021.463-7; Unidad 003: Javier RODRÍGUEZ, C.I. 2.939.133-1; Unidad 101: Jesús MARTINICORENA, C.I. 1.290.386-2; Unidad 102: Ximena LEAL, C.I. 3.181.461; Unidad 103: Rodrigo GIORGETTA ROSALES, C.I. 2.607.934-0; Unidad 201: María HACKEMBRUCH FLEITAS C.I. 2.726.164-5; Unidad 202: Martín GAYE, C.I. 3.703.331-9; Unidad 203: Isabel MENÉNDEZ C.I. 1.704.317-8; Unidad 301: sin más datos; Unidad 302: Sergio OYARBIDE C.I. 3.196.359-2; Unidad 303: sin más datos; Unidad 401: Héctor OLIVERA, C.I. 947.064-4; Unidad 402: Liliana SONDEREGGER, C.I. 2.792.425-7; Unidad 403: Conrado BARRIOS, C.I. 805.668-7; Unidad 501: María LÓPEZ, C.I. 4.292.772-7; Unidad 502: sin más datos; Unidad 503: Julio César GAMBETTA, C.I. 4.053.395-6; Unidad 601: sin más datos; Unidad 602: Nathalia SOSA ARANCET, C.I. 4.041.464-5, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal